Recurso de reposición
¿Cómo presentar un recurso contra actos tributarios?
Petición de cita
Pide cita para solicitar información en periodo voluntario sobre expedientes relativos a los impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y Compraventa de Vehículos Usados.
Este servicio se prestará al sujeto pasivo, obligado tributario o a un representante debidamente acreditado. Si actúa como representante de uno o varios sujetos pasivos relativos al mismo expediente deberá solicitar una única cita. En el caso de que la consulta afecte a varios expedientes tendrá que solicitar una cita por cada expediente. El día de la cita aportará el modelo de representación donde haga constar el ámbito de la representación, firmado por el representado/s y fotocopia/s de su/s NIF/s.
Para las gestiones en Pº General Martínez Campos,30, la cita puede solicitarse a través de los siguientes medios:
- Por teléfono: 91 580 94 04 en horario de 8:00 a 15:30, de lunes a viernes (no festivos).
- Por vía telemática: https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/tributos
Es importante cumplimentar una dirección de correo electrónico para recibir los datos de la cita.
El día de la cita confirme su asistencia en la zona de acogida de la planta baja de la Oficina de Paseo General Martínez Campos, 30.
Si ya tiene una cita concertada y desea modificarla o anularla deberá hacerlo a través del enlace a cita previa.
Qué se puede recurrir
Plazos de Presentación
El plazo de presentación será de 1 mes contado desde el día siguiente al de la notificación del acto que se quiera recurrir. Este plazo es improrrogable.
Si hubiera transcurrido 1 mes desde que presentaste el recurso y no hubieras recibido contestación al mismo, puedes presentar, desde ese momento la reclamación económica- administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid.
Pago /Aplazamiento/Suspensión deuda
Es muy importante tener en cuenta que la sola interposición de un Recurso de Reposición NO suspende la deuda: si se interpone el recurso pero la deuda no se ingresa o no se suspende, ésta seguirá su curso y puede llegar a apremio y embargo.
¿PUEDO IMPUGNAR LA RESOLUCIÓN DE UN RECURSO DE REPOSICIÓN?
Si no estás de acuerdo con el contenido de la resolución del recurso de reposición notificado puedes interponer una reclamación económico administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo de Madrid.
Contra la resolución del recurso de reposición NO puedes interponer de nuevo este recurso.
Accede al modelo de recurso de reposición
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Accede al modelo en este enlace
En cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano. También podrá presentarse en las Oficinas de Correos a través del ORVE (Registro Virtual de entrada), sin necesidad de realizar un envío certificado, y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
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Podrá presentarse en las Oficinas de Correos a través del ORVE (Registro Virtual de entrada), sin necesidad de realizar un envío certificado,
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