- La solicitud para tomar parte en la convocatoria se adjunta a la presente convocatoria como Anexo III.
- Las solicitudes se dirigirán al Director Gerente del SUMMA 112 y el plazo de presentación será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
- La presentación de solicitudes se realizará electrónicamente, a través de la sede electrónica de la Comunidad Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instrucciones de presentación electrónica se especifican en el Anexo VI. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la solicitud, en aplicación del artículo 5.3 segundo párrafo, de participación de procesos selectivos, regulado en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 174 de 23 de julio de 2021).
- Junto con la solicitud los aspirantes presentarán inexcusablemente:
- Copia del DNI
- Copia del título exigido para la categoría
- Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo en el sistema Nacional de Salud, o fijo o interino en el Servicio Madrileño de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se accede. (Anexo V)
- Currículum vitae o historial profesional donde conste la trayectoria de su actividad profesional relacionada con el puesto al que se opta.
- Copia de la documentación que se acredite como méritos de acuerdo con el baremo de méritos establecido en el Anexo II de la convocatoria.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, en cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión (Anexo IV).
La no presentación de la documentación dentro del plazo de presentación de solicitudes impedirá la valoración de los mismos.