Funciones
Según se establece en el artículo 17 de los Estatutos del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, corresponden al Director Gerente las siguientes funciones:
Corresponderán al Director Gerente las siguientes funciones:
a) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Patronato y las instrucciones del Presidente impartidas en el marco de sus atribuciones por el Patronato.
b) Ostentar, por delegación de su Presidente, la representación de la Fundación, sin perjuicio de la representación que corresponde al Vicepresidente en ausencia del Presidente.
c) Proponer y ejecutar las estrategias y políticas de actuación de la Fundación.
d) Dirigir, gestionar e inspeccionar, de acuerdo con las directrices del Patronato, la organización y actividades de la Fundación, que conduzcan a la consecución y mantenimiento de un alto nivel en la práctica asistencial y demás fines de la Fundación.
e) Establecer, aprobar y hacer cumplir las normas globales de funcionamiento interno de la Fundación y las de cada una de sus unidades organizativas.
f) Elaborar y proponer al Patronato el proyecto de presupuesto anual de gastos e ingresos y, en su caso, las modificaciones presupuestarias a que hubiere lugar, así como la memoria de actividades, el balance de situación, la cuenta de resultados y el inventario.
g) Administrar y gestionar, con carácter ordinario, el patrimonio de la Fundación de acuerdo con la normativa vigente y las atribuciones conferidas por el Patronato, manteniendo debidamente actualizado el inventario de bienes.
h) Proceder al ordenamiento de pagos y gestión de tesorería, de acuerdo con los criterios aprobados por el Patronato.
i) Realizar la adquisición de bienes y servicios, y contratar las obras, suministros y servicios dentro de las cuantías y límites que, a este respecto, hayan sido aprobados por el Patronato.
j) Vigilar el correcto cumplimiento de los principios y criterios aplicables a la 12 contabilidad de la Fundación, supervisando la misma.
k) Proponer al Patronato el nombramiento y cese de los cargos directivos de primer nivel de la Fundación.
l) Desarrollar la política de personal diseñada por el Patronato y, a tal fin, concertar o rescindir relaciones laborales, seleccionar al personal, acordar sanciones y ejecutar los acuerdos del Patronato sobre el régimen retributivo, así como todas aquellas otras actuaciones que, en esta materia, le sean encomendadas.
m) Ejercer la jefatura superior del personal al servicio de la Fundación, así como mantener las relaciones con los órganos de representación del personal.
n) Informar regularmente, y al menos trimestralmente, al Patronato de los resultados de gestión, clínicos, operativos y financieros y, específicamente, preparar la memoria del ejercicio y el balance de situación.
o) Facilitar las actividades de los órganos de participación de la Fundación, así como presidir la Junta Asistencial, cuando no hubiera delegado estas funciones en el Presidente de la Comisión Clínica, disponiendo la convocatoria de sus reuniones y señalando el orden del día.
p) Ejercer, en caso de urgencia, y por delegación del Presidente, las acciones, excepciones, recursos y reclamaciones judiciales y administrativas necesarias en defensa de los derechos e intereses de la Fundación, dando cuenta al Patronato en la primera sesión que se celebre.
3. El Director Gerente responderá de sus actuaciones ante el Patronato de la Fundación, con independencia y sin perjuicio de cualesquiera otras responsabilidades a que pudiera haber lugar.