Preguntas frecuentes de consumo
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¿Qué pasa si excedo el límite de mi tarjeta de crédito?
Las tarjetas de crédito, a diferencia de las de débito, permiten pagar con ellas adelantando dinero. Sin embargo, cada usuario tiene un crédito limitado que puede gastar.
Al otorgar una tarjeta de crédito, la entidad financiera determina el límite máximo de gasto que usted podrá realizar con ella al mes. Para establecer dicho límite, la entidad se basa en criterios de solvencia del cliente. Para conocer el suyo, consulte en su cuenta bancaria o llame a su banco.
Respecto al límite de crédito, hay distintas circunstancias que pueden darse. En algunos casos, las entidades tienen bloqueada la posibilidad de exceder dicho límite. En otros casos, al sobrepasar el límite personal, puede tener que hacer frente a cargos adicionales o a una tasa de interés más alta.
Póngase en contacto con su entidad bancaria y lea detenidamente el contrato donde se establezcan las condiciones de su tarjeta.
¿Cuál es la duración de un contrato de electricidad en el mercado regulado? ¿Puede darme de baja de forma anticipada?
Los contratos en mercado regulado son de duración anual, y se prorrogan de manera tácita por periodos continuados de un año.
Si usted quiere darse de baja de su contrato en Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y quiere pasar al mercado libre, sepa que puede hacerlo en cualquier momento sin coste alguno. Sin embargo, sepa que, al hacer este cambio, es importante que usted lea las condiciones de contratación, ya que la compañía puede exigirle un tiempo de permanencia que puede conllevar una penalización en caso de incumplimiento.
Para darse de baja, consulte con su compañía, que le indicará los pasos a seguir (formulario, número de teléfono, correo electrónico). Sea cual sea el procedimiento, es recomendable que solicite un justificante de la petición, para reclamar o resolver dudas en caso de incidente.
Si quiere profundizar, consulte la siguiente información sobre electricidad.
He tenido un problema con mi empresa aseguradora, ¿cómo puedo reclamar?
La forma de reclamar ante las empresas de seguros es distinta a la que se realiza en otros sectores.
Si usted ha tenido algún problema con el servicio que le presta su aseguradora, debe acudir en primer lugar al departamento de atención al cliente o al defensor del asegurado de su compañía, que tendrá un mes de plazo para ofrecerle una respuesta.
En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en el plazo de un mes, puede dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Conozca en su web cómo realizar el procedimiento, que también podrá tramitar de forma online.
El servicio de reclamaciones tendrá un plazo de tres meses para emitir una resolución, que no tiene carácter vinculante, pero que normalmente suele ser admitida por las empresas aseguradoras.
Si su reclamación sigue sin verse satisfecha, podrá recurrir a un procedimiento judicial para resolverla.
He tenido un problema con mi entidad bancaria. ¿Cómo puedo reclamar?
Lo primero que usted debe hacer es dirigirse a la oficina del banco y presentar la reclamación ante la Oficina de Atención al Cliente de la entidad.
Si en un plazo de un mes no le han respondido, o la respuesta no le es satisfactoria, puede acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España, que tiene 90 días para resolver su reclamación, desde que esté completa la información de su expediente. Por ello, para agilizar los trámites conviene que presente copia de toda la documentación que esté relacionada con el problema.
Las resoluciones del Banco de España no son vinculantes, por lo que la entidad bancaria no está obligada a aceptarla, aunque en la mayoría de los casos acepta la solución propuesta. En el caso de que no lo haga, usted podrá presentar una denuncia por vía judicial.
Si quiere más información sobre como reclamar en el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, puede consultar en su Oficina Virtual.
Me he comprado este verano una bicicleta de segunda mano y me dan seis meses de garantía. ¿Pueden hacerlo?
No. Desde el 1 de enero de 2022, las compras que se realicen tendrán un plazo legal de garantía de tres años. En el caso de los artículos de segunda mano podrá pactarse un plazo menor que, en ningún caso, podrá ser inferior a un año.
Si el plazo pactado de garantía es de uno o dos años, sepa que durante ese tiempo cualquier defecto que surja y que ya viniera de origen, deberá repararlo el vendedor o en su caso demostrar que el defecto no estaba en el momento en que se realizó la venta.
Si la garantía pactada para la bicicleta es de 3 años sepa que, en este caso, durante los dos primeros años el vendedor tendrá que reparar la bici o demostrar que el defecto no existía cuando se la vendió, pero si el problema se produjese entre el segundo y tercer año de la garantía debe ser el consumidor el que se haga cargo de probar que el defecto ya existía cuando se adquirió la bicicleta.
Recuerde que, al tratarse de un artículo de segunda mano, la garantía le permite reclamar la reparación, la reducción del precio o la devolución del producto, pero nunca la sustitución por otro.
Para más información, consulte el siguiente reportaje sobre compras de segunda mano.
¿Pueden cancelar mi reserva en un hotel si llego más tarde de lo pactado?
Sí, aunque dependerá de la política de cancelación del hotel. Algunos hoteles tienen contemplada la cancelación de reserva por no presentación del cliente, para aquellas habitaciones que no hayan sido pagadas con antelación. Asegúrese de cuál es la hora límite establecida para su reserva y, en caso de que tenga previsto llegar más tarde, avise por teléfono.
Por norma general, la ocupación de la habitación puede realizarse a partir de las 14.00 horas del día de entrada. Siempre es recomendable contactar con el alojamiento para indicar la hora aproximada de llegada, sobre todo cuando se espera llegar más tarde de las 18.00 horas.
Puede obtener más información sobre alojamientos turísticos en el siguiente reportaje.
¿Pueden obligarme a usar las duchas antes de meterme en una piscina pública?
Sí. Una de las obligaciones que establece la legislación sobre piscinas de uso público en la Comunidad de Madrid es la relativa al uso previo de las duchas dispuestas en el recinto de la piscina. Por tanto, antes de bañarse deben utilizarse las duchas.
No obstante, la empresa responsable deberá encargarse de que usted conozca esta obligación a través de cartelería que informe sobre la misma.
Puede consultar más información sobre sus derechos como consumidor en el siguiente reportaje sobre piscinas
Mi compañía me ofrece un número gratuito de atención al cliente, pero a la hora que yo puedo llamar sólo tienen disponible un teléfono de pago. ¿Pueden hacerlo?
No. Las compañías, siempre que se trate de servicios básicos de interés general (suministro de agua, gas, electricidad, financieros, seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, saneamiento y residuos y protección de la salud) tienen la posibilidad de ofrecer, junto con un teléfono gratuito, números alternativos de atención al cliente que sean de pago, ya sea por numeración fija o móvil o por líneas de tarificación especial.
No se puede exigir al consumidor en este tipo de servicios que realice llamadas de pago en ninguna franja horaria. Por tanto, pueden existir otras opciones de líneas, que a su vez pueden cubrir diferentes franjas horarias e informar sobre distintos servicios (comerciales, incidencias…) pero siempre debe existir un teléfono de atención al cliente gratuito.
¿Es legal que me cobren por lo que me he bebido del minibar de mi habitación de hotel?
Sí. El hotel en el que se aloje puede cobrarle por lo que consuma del minibar. Pero, para ello, debe especificarlo en las condiciones de la reserva de la habitación. Para evitar gastos imprevistos, es recomendable que usted confirme la política del hotel respecto a las consumiciones en la nevera de la habitación. Tenga en cuenta que se pueden dar las siguientes circunstancias:
- Que el consumo en el minibar sea gratis y sin gastos adicionales
- Que sea gratis con restricciones sobre la cantidad o el tipo de producto (por ejemplo, que el agua sea gratis pero las bebidas alcohólicas no)
- Que todo lo que consuma deba pagarse al abandonar la habitación. En este caso, debe haber en la propia estancia una carta con los precios actualizados
- Que el hotel ofrezca al cliente diferentes paquetes de contratación previa para el uso del minibar
¿Pueden cobrarme un plus en un servicio de alquiler de vehículos si el destino al que voy es demasiado lejos?
Sí. Hay establecimientos de alquiler de coches que establecen un límite de kilometraje al contratar sus servicios. Normalmente, este tipo de servicios establece un plus que añaden a cada kilómetro que excede el límite contratado.
Por ello, cuando contrate debe asegurarse previamente en la información que aparezca en el contrato de si le van a cobrar por sobrepasar el límite de kilometraje y cuál es la cantidad por cada kilómetro adicional.
Igualmente, si así lo desea, puede buscar los servicios de empresas de alquiler de vehículos que no contemplan ningún límite de kilometraje al consumidor.
Recuerde siempre la importancia de leer las condiciones generales establecidas en el contrato que usted firme y preguntar sobre todo aquello que tenga duda.

