Resolución número 182/2014
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato administrativo especial al no ser susceptible de recurso.
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato administrativo especial al no ser susceptible de recurso.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporaneidad. Examen del contrato a efectos de determinar la competencia del Tribunal, existencia de gastos de primer establecimiento, no contemplados.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporaneidad.
Inadmisión parcial de recurso contra Pliegos de contrato de servicios por falta de legitimación del Consejal recurrente. Existencia de una resolución anterior pronunciándose sobre la legitimación con respecto a un motivo idéntico al planteado. Desestimación del recurso en cuanto a la alegación de falta de determinación del objeto del contrato.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por Empresa Mixta de Servicios por falta de competencia del Tribunal al no ser un poder adjudicador.
Inadmisión de recurso contra PCAP por extemporáneo. Cómputo del plazo de 15 días desde que se cumple el requisito de publicidad completa.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro. El plazo de presentación del recurso contra la adjudicación se computa desde la remisión de la notificación de la adjudicación y no desde su recepción.
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato de gestión de servicios públicos por incompetencia del Tribunal al no alcanzarse los umbrales exigidos. Correcta calificación del contrato. Existencia de riesgo que impide su calificación como servicio.
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato de gestión de servicios públicos por incompetencia del Tribunal al no alcanzarse los umbrales exigidos. Correcta calificación del contrato. Existencia de riesgo que impide su calificación como servicio.
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato de gestión de servicios públicos por incompetencia del Tribunal al no alcanzarse los umbrales exigidos. Correcta calificación del contrato. Existencia de riesgo que impide su calificación como servicio.