Resolución número 101/2016
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de información. Discrepancia con una Resolución anterior del Tribunal. Cosa juzgada administrativa.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de información. Discrepancia con una Resolución anterior del Tribunal. Cosa juzgada administrativa.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al carecer manifiestamente de fundamento. Recurso presentado el último día el plazo y sin indicar ni siquiera sea someramente las razones del recurso, lo que impide la subsanación del recurso en tanto en cuanto supondría la concesión de un nuevo plazo para presentar el recurso.
Inadmisión de recurso contra el PCAP de un contrato de obras de sustitución y adaptación de un conjunto de ascensores por falta de competencia del Tribunal al no alcanzar los umbrales. No sujeto a regulación armonizada. Correcta calificación del contrato como obras según el anexo I del TRLCSP.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de obras no sujeto a regulación armonizada: incompetencia del Tribunal. Temeridad en la interposición: el recurso ha sido resuelto ya por el órgano de contratación.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de obras no sujeto a regulación armonizada: incompetencia del Tribunal. Temeridad en la interposición: el recurso ha sido resuelto ya por el órgano de contratación.
Inadmisión de recurso contra la exclusión de un procedimiento de adjudicación de un contrato de servicios cuyo valor estimado no alcanza 209.000 euros. Incompetencia del Tribunal.
Inadmisión de recurso contra Pliegos de contrato servicios por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de suministros médicos por falta de legitimación activa. La recurrente fue excluida y con la estimación del recurso no podría obtener el beneficio de ser adjudicataria en una hipotética nueva licitación por mantenerse las causas de su exclusión.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato derivado de un acuerdo marco por extemporáneo al haberse ha presentado en el registro del órgano de contratación dirigido al Tribunal, donde tuvo entrada pasado el plazo de 15 días hábiles para la interposición del recurso. El requisito legal es que se presente el recurso en el registro del órgano de contratación y dirigido al mismo o en el registro del órgano competente para resolverlo.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios médicos por extemporáneo: presentación del recurso en registro distinto al del órgano de contratación o del Tribunal con entrada fuera de plazo. Falta de legitimación del clasificado en sexto lugar.