Resolución número 046/2015
Inadmisión de recurso contra la exclusión de la recurrente de licitación de contrato de servicios por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra la exclusión de la recurrente de licitación de contrato de servicios por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra la exclusión de la recurrente de licitación de contrato de servicios por extemporáneo.
Inadmisión de escrito calificado de recurso contra la suspensión del procedimiento de licitación, una vez dictada Resolución desestimatoria de anterior recurso hasta tanto se resuelva el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la misma, al no ser un acto susceptible de recurso.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo. En el caso de que el acto recurrido sea la adjudicación del contrato, el día inicial del cómputo del plazo es el de remisión de la notificación no el de su recepción.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo. Recurso presentado en registro distinto al del órgano de contratación o al del Tribunal.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al no alcanzar los umbrales del art. 40.1.a) del TRLCSP.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato mixto calificado de suministros por la importancia de la prestación, en la que se daba cumplimiento a una anterior resolución del TACPCM, por cosa juzgada e improcedencia de recurso contra las resoluciones dictadas en el recurso especial en materia de contratación. Imposición de multa por temeridad en la interposición del recurso.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de gestión de servicio público por extemporáneo. Presentación en Correos y recepción en el Tribunal una vez superado el plazo de 15 días.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo. La solicitud de acceso al expediente fuera del plazo establecido para interponer recurso no tiene ninguna eficacia sobre el cómputo del plazo.
Inadmisión de recurso contra la exclusión de un contrato de asistencia técnica para obras de aducción de agua. Contrato incluido en el ámbito objetivo de la LCSE que no alcanza los umbrales del artículo 16 por lo que queda excluido de la misma. Se rige por lo dispuesto en la DA 8º del TRLCSP. No es susceptible de recurso especial en materia de contratación.