Resolución número 409/2023
Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica.
Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica.
Desestimación de recurso contra exclusión de oferta por no haber acreditado solvencia económica, al presentarse cuentas anuales sin firma, ni huella digital, ni CSV que permita trazabilidad con asiento depósito en Registro mercantil. Falta de diligencia debida del licitador que habiendo sido excluido de otro lote previamente por el mismo motivo y contando con esa documentación, no la presentó en fase de subsanación. Se aporta en vía de recurso documentación que hubiera permitido la trazabilidad pero que no puede tenerse en cuenta pues no fue la examinada por el órgano de contratación.
Recurso contra exclusión por estar su oferta incursa en valores anormales. Desestimación. La justificación de la baja muy elevada es insuficiente para acreditar la viabilidad de la oferta. Justificación suficiente del órgano de contratación. Doctrina sobre las ofertas anormales.
Recurso contra exclusión por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Desestimación. Incumplimiento de la oferta. Doctrina de la diccrecionalidad técnica.
Desestimación de recurso interpuesto por segunda clasificada contra adjudicación. No se estima incumplimiento de solvencia técnica, ni de compromiso de medios personales, ni de prescripciones técnicas a través de justificación viabilidad oferta incursa en presunción de anormalidad. Discrecionalidad técnica.
Exclusión de la oferta por insuficiencia en la justificación de la viabilidad de la oferta. Solo los gastos de personal no cubren los salarios de los trabajadores, tal y como se establece en el PBL.
Formalización de los contratos antes de cumplirse el plazo de quince días hábiles. Posible nulidad. Estudio sobre la nulidad de los actos en relación a sus consecuencias. En el presente caso no impide la interposición del recurso. La formalización por sí sola no puede admitirse si no se acompaña de una impugnación de la adjudicación. Se desestima por este motivo y por el pretendido incumplimiento de los requisitos técnicos exigidos para los suministros.
El licitador tiene que tener la solvencia económica exigida para la suma de todos los lotes a los que licita. Tanto en la fase previa (artículo 140.4. LCSP) como en la propuesta de adjudicación (artículo 150.2. LCSP).
La interposición del recurso especial en materia de contratación no puede servir para subsanar la documentación que no se aportó en el procedimiento de licitación.
Desestimación. Mágicas Navidades. Acceso expediente. Presentación manual solicitudes procedimiento restringido. Solvencia técnica cedentes. Valoración canon. Ejecución de resolución anterior.