Desestimatoria

Resolución número 242/2024

Número de Resolución: 
242/2024
Fecha: 
Jueves, 20 Junio, 2024

Solvencia. Código CPV. En los pliegos no se establece qué se entiende por trabajos de igual o similar naturaleza por lo que de conformidad con el artículo 90 de la LCSP se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV que consta en el pliego. La recurrente no acredita la solvencia técnica de acuerdo con lo anterior.

Resolución número 234/2024

Número de Resolución: 
234/2024
Fecha: 
Martes, 11 Junio, 2024

Solvencia. Desestimación de recurso contra la exclusión por no haber quedado acreditada la solvencia técnica conforme a pliegos después del requerimiento de subsanación. No procedía aclaración. La relación de servicios privados no se acompaña de la documentación necesaria. En cuanto a los públicos, no se justifica el importe exigido conforme  pliego. No cabe acumular solvencia en lotes.

Resolución número 227/2024

Número de Resolución: 
227/2024
Fecha: 
Jueves, 6 Junio, 2024

Considera la recurrente que la adjudicataria debe ser excluida del procedimiento de licitación por haber incluido en el sobre B información del sobre C.  Al respecto decir que la exclusión no es automática, por lo que hay que analizar caso por caso la incidencia que puede tener el conocimiento de esa información al valorar los criterios de juicio de valor. En el presente supuesto no se aprecia que haya podido influir en la valoración por lo que se desestima el recurso.

Resolución número 220/2024

Número de Resolución: 
220/2024
Fecha: 
Jueves, 30 Mayo, 2024

La recurrente impugna el acuerdo por el que se le excluye del procedimiento por no acreditar la solvencia técnica. El informe técnico esta debidamente motivado y no se aprecia arbitrariedad, por lo que considerando el carácter eminentemente técnico que requiere la calificación adoptada hay que remitirse a la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos. No procede conceder un segundo trámite de subsanación como pretende la recurrente.

Páginas

Suscribirse a RSS - Desestimatoria