Resolución número 316/2019
Desestimación de recurso especial contra su exclusión al no haber subsanado en plazo la documentación requerida por el PCAP.
Desestimación de recurso especial contra su exclusión al no haber subsanado en plazo la documentación requerida por el PCAP.
Desestimación. No justificación baja temeraria. La administración no está obligada a señalar los factores que justificarían la baja.
Desestimación del recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro de un sistema de conteo y control de afluencia. Se pueden pedir aclaraciones siempre que no se modifique la oferta. Si se consideró en este caso que no se modificaban las ofertas debe tenerse en cuenta la precisión en todas las ofertas presentadas. No se hizo así pero no varía la puntuación final.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un Acuerdo Marco de obras. El recurrente pretende la nulidad de la adjudicación basándose en la insuficiente acreditación de la solvencia económica y financiera y en la solvencia técnica y profesional. Ambas se encuentran debidamente acreditadas.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios de limpieza. El primer clasificado no acredita estar al corriente de pago en obligaciones tributarias y de seguridad social al término del plazo de licitación, por lo que se considera que esta en situación de prohibición de contratar con la administración.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de redacción y proyecto y obra en el parque de Valdemingómez. La recurrente es la adjudicataria de la gestión del servicio de residuos sólidos urbanos.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación y exclusión de un contrato de servicios de asesoría jurídica. La recurrente no acreditó la solvencia cuando fue requerida. No hace alegaciones sobre su solvencia ni rebate las razones expuestas por el órgano de contratación, siendo el cumplimiento de tales requisitos la razón determinante de su exclusión y no el momento procedimental en que debieron ser acreditados.
Desestimación de recurso de servicio de mantenimiento por no quedar acreditado que el órgano de contratación haya incumplido lo dispuesto en los pliegos ni vulnere la regulación prevista en los artículos 75.2, 139.1 y 215 LCSP.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de mantenimiento de equipamiento. El Tribunal considera que se ha aplicado debidamente el Pliego. No obstante, de las circunstancias expuestas se derivan indicios de que han existido patrones de comportamiento cuando menos sospechosos de vulnerar la libre competencia en la licitación.
Acuerdo marco medicamento hospitalario. División en tres lotes con un único licitador. Ajuste del presupuesto de cada lote a la demanda previa de los centros hospitalarios. Principios de concurrencia y no discriminación.