Resolución número 191/2023
Recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. Se da por concluida su tramitación por pérdida sobrevenida del objeto del recurso. No hay licitadores admitidos a la licitación, por lo que se ha declarado desierto.
Recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. Se da por concluida su tramitación por pérdida sobrevenida del objeto del recurso. No hay licitadores admitidos a la licitación, por lo que se ha declarado desierto.
Recurso contra los pliegos por incorrecta determinación del IVA aplicable. Desestimación. El IVA debe consignarse como partida independiente, dando autonomía a los dos componentes del precio del contrato. Si el adjudicatario está sujeto a IVA facturará los servicios con ese impuesto, en caso contrario lo hará sin el.
Desestimación. Artículo 69.8 LCSP. La exclusión de un miembro de la UTE por prohibición para contratar arrastra a los demás.
Inadmisión de recurso contra pliegos por falta de legitimación de un licitador que no presentó oferta al procedimiento, sin que los motivos impugnados supongan imposibilidad de presentar oferta ni vulnerar el principio de igualdad.
El recurrente alega que el proyecto técnico del adjudicatario supera la extensión máxima permitida por el pliego de cláusulas administrativas particulares. Revisado por este Tribunal el expediente se constata que el proyecto técnico cumple con lo prescrito en el PCAP. También se impugna el momento de publicación del informe técnico y que los criterios sujetos a juicio de valor no se ajustan a unos baremos claros. El recurrente realiza unas manifestaciones carentes de fundamento. Se desestima el recurso
Los pliegos exigen que el coordinador del recurso sea diplomado o graduado en trabajo social. Considera el recurrente que las funciones también puede desempeñarlas un titulado en psicología. Este Tribunal no aprecia que exista discriminación ni que se limite la concurrencia, puesto que las funciones del coordinador tienen un carácter transversal siendo más propias de un trabajador social.
Reclamación contra exclusión de licitador por no acreditar la solvencia técnica. Desestimación. El reclamante no cumple algunas de las exigencias contenidas en el pliego respecto a solvencia técnica. Pliegos ley del contrato. Aplicación artículo 139 de la LCSP.
Estimación parcial. Oferta nula por fraude de ley. Se oferta 0,01 con la única finalidad de dejar sin puntuación al resto de licitadores en un epígrafe. El adjudicatario no es la mejor oferta calidad/precio de forma patente, es el que tiene más puntos.
Desestimación de recurso que pretende la anulación de los pliegos de condiciones con exigir ciertas certificaciones que considera excesivas y no permiten la presentación alternativa de otras. Contrato de administración electrónica integral.
Estimación. El criterio de adjudicación sobre gestión de parques está mal formulado y no guarda relación con el objeto. Solvencia técnica: el certificado de salud y seguridad en el trabajo no vale para solvencia.