Resolución número 008/2023
Inadmisión de recurso por extemporáneo.
Inadmisión de recurso por extemporáneo.
Recurso contra exclusión de licitador propuesto como adjudicatario de acuerdo marco por falta de acreditación de solvencia técnica. Desestimación. Acude a la integración de requisitos de solvencia a medios externos una vez requerida la documentación como propuesto como adjudicatario sin que hubiera hecho previamente esa manifestación en el DEUC. Modificación de la oferta.
Se excluye al recurrente por no cumplir con los requisitos exigidos en el PPT. Revisado el expediente se desestima el recurso por no cumplir con lo exigido en el pliego, no pudiendo tener en consideración otras mejoras no establecidas en el PPT.
Recurso contra adjudicación de contrato por incorrecta valoración de la oferta y por la indebida concesión de un periodo de subsanación. Se desestiman ambos motivos. La oferta fue valorada correctamente permitiendo una aclaración de la documentación presentada, sin que exista modificación de la oferta. No se aprecia subsanación de la subsanación, ya que los medios a adscribir a la ejecución del contrato fueron sustituidos por otros que cumplían las prescripciones técnicas. Doctrina del carácter fungible de los medios materiales a adscribir.
Recurso contra la exclusión de licitador propuesto como adjudicatario por no acreditar la solvencia técnica exigida en los pliegos. Desestimación. No que acreditado la realización de trabajos de similar naturaleza al objeto del contrato por el importe requerido.
Recurso contra adjudicación de contrato por indebida valoración de la oferta del adjudicatario. Desestimación. Queda acreditada en su oferta que dispone de la planta de fabricación exigida con la licencia que le permite su funcionamiento.
Estimación. Se entiende acreditada la solvencia con la presentación de trabajos realizados en uno solo de los CPV del contrato, pues el pliego no establece otra cosa.
Se pretende la justificación de la viabilidad de una oferta con la inaceptación de la condición especial de ejecución, cuya penalidad y los gastos accesorios han sido a priori calculados para formular la propuesta económica. Principio de aceptación de los pliegos de condiciones sin merma y en su integridad. Alteración de este principio desde inicio.
Se estima el recurso contra la exclusión de la proposición por no justificar la viabilidad de la oferta, ante la falta de una resolución clara, motivada y reforzada por parte del órgano de contratación.
Se recurren los pliegos. El órgano de contratación desiste del procedimiento de licitación. Terminación de los procedimientos de los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por imposibilidad material de su continuación por pérdida sobrevenida del objeto.