Resolución número 354/2020
División en lotes.
División en lotes.
Inadmisión de un recurso contra la puntuación, clasificación y propuesta de adjudicación en un acuerdo marco de obras. No es un acto de trámite cualificado del artículo 44.2 por lo que no cabe recurso. Debe esperarse a la adjudicación.
Desestimación de recurso contra inadmisión de oferta en contrato de obras, por no haber subsanado en plazo los defectos en la documentación administrativa requeridos por la Mesa de contratación. Comunicación de calificación y requerimiento de documentación en el perfil de contratante según dispone el PCAP y los anuncios de la convocatoria, arts. 139 y 141 de la LCSP y 19 del RGCPCM, con recomendación de aviso al interesado.
Recurso contra los Pliegos de un contrato de obra: consta como criterio de adjudicación la experiencia en obras similares. El OC ha anulado los Pliegos, se declara concluso por pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Inadmisión de un recurso contra la adjudicación de un contrato de obras. La recurrente alega la anulación de una cláusula del Pliego en otro procedimiento por Resolución del Tribunal. En este momento no se puede recurrir el Piego que ha sido consentido por los participantes por lo que el recurso debe inadmitirse por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra un acto de la mesa de contratación que no se considera de trámite cualificado. Acuerdo de puntuaciones de los criterios de adjudicación.
Inadmisión de reclamación de contrato de obras, contra propuesta de adjudicación de la mesa de contratación e informes técnicos de valoración e inviabilidad de baja anormal. Contrato sujeto a la legislación de contratos de sectores especiales. Acto no susceptible de recurso artículo 55.c) LCSP y 119 RDLSE.
Inadmisión de un recurso contra el acto de la Mesa de clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación en un acuerdo marco de obras. Acto no recurrible, no es un acto de trámite cualificado. Artículo 442.b) LCSP.
Desestimación recurso contra exclusión por incumplimiento de prescripciones técnicas de PPTP. Queda acreditado el incumplimiento de las exigencias técnicas respecto al césped artificial.
Inadmisión de recurso especial contra adjudicación de contrato de sustitución de luminarias. No es susceptible de recurso especial en materia de contratación, por razón de su cuantía, art.55.c) LCSP. Contra el acuerdo impugnado cabe recurso administrativo conforme a lo dispuesto en la LPACAP, art. 44.6 LCSP.