Valoración

Resolución número 118/2017

Número de Resolución: 
118/2017
Fecha: 
Miércoles, 5 Abril, 2017

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios en la que se excluye a la recurrente por introducir en el sobre de documentación correspondiente a criterios susceptibles de juicio de valor, documentación correspondiente a criterios automáticos. La oferta de la adjudicataria no se encuentra incursa en presunción de temeridad. Recurso carente de argumentos de forma manifiesta. Multa por temeridad y mala fe.

Resolución número 095/2017

Número de Resolución: 
095/2017
Fecha: 
Miércoles, 22 Marzo, 2017

Estimación de recurso contra exclusión de la oferta de la recurrente de procedimiento de licitación de contrato de suministro por incumplimiento apreciado erróneamente por el órgano de contratación y reconocido en sede de recurso. La presentación de la oferta supone la aceptación incondicional del clausurado de los pliegos y no es necesaria una declaración expresa de no exigir pedido mínimo para mantener el precio ofertado.

Resolución número 094/2017

Número de Resolución: 
094/2017
Fecha: 
Miércoles, 22 Marzo, 2017

Desestimación de recurso contra el rechazo de una oferta incursa en valores anormales o desproporcionados por no justificar su viabilidad. Contrato de seguros  La recurrente basa su justificación en su solvencia y especial posición en el mercado. La justificación necesariamente ha de incluir explicación sobre datos o factores concretos tenidos en cuenta, que lleve a la conclusión razonable de que puede cumplirse en los términos exigidos por el PPT. La apreciación de la viabilidad debe realizarse teniendo en cuenta las prestaciones objeto del contrato.

Resolución número 091/2017

Número de Resolución: 
091/2017
Fecha: 
Miércoles, 22 Marzo, 2017

Estimación de recurso contra exclusión de la oferta de la recurrente de procedimiento de licitación de contrato de suministro por incumplimiento apreciado erróneamente por el órgano de contratación y reconocido en sede de recurso. La presentación de la oferta supone la aceptación incondicional del clausurado de los pliegos y no es necesaria una declaración expresa de no exigir pedido mínimo para mantener el precio ofertado.

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