Resolución número 279/2024
Valor estimado. Inadmisión al no alcanzar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP
Valor estimado. Inadmisión al no alcanzar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP
Valoración de la oferta. El PCAP plantea un mínimo de puntuación en los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor para proseguir en la licitación. No alcanzado por el recurrente pretende puntuar todas las ofertas bajo su criterio. Discrecionalidad técnica. Veracidad de los informes
Criterios de adjudicación. Se impugna la puntuación de la adjudicataria en los criterios valorables mediante fórmulas. Es una cuestión con un alto contenido técnico. No se aprecia error ni arbitrariedad por lo que prima la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos. Se desestima el recurso.
Criterios de adjudicación. Acuerdo Marco. Contrato basado. El recurrente considera que no puede admitirse un almacén de gases medicinales que no fue aportado en la licitación del acuerdo marco. El criterio de valoración objeto de recurso no fue utilizado en la licitación del acuerdo marco, solo en el contrato basado objeto de recurso, por lo que en ese momento no se pudo valorar por no ser objeto de valoración. Se desestima.
Solvencia. Adscripción de medios. La sustitución de los medios personales adscritos a la ejecución del contrato, aunque sean criterio de adjudicación, es admisible siempre que la sustitución no suponga una modificación de la oferta por lo que para que sea admisible es preciso que tanto el sustituido como el sustituto tengan una cualificación que implique la misma valoración de los dos perfiles.
Alteración del orden de las propuestas. Estimación. Criterios juicios de valor. Alteración de los criterios del Pliego. Anulación de todas las actuaciones, porque ya se habían abierto los criterios automáticos.
Desestimación. Correcta atribución de puntos. Categoría profesional del jardinero propuesto, determinada por el grupo de cotización.
Desestimación de recurso por error del recurrente al interpretar el precio del contrato en relación con el precio utilizado para calificar dicho criterio de adjudicación
Cláusulas medioambientales. Concesión de maquinas de vending que exige que todo el café que se expenda provenga de comercio justo, para lo que exige una certificación o similar. La oferta del adjudicatario se refiere solo al precio de los preparados con café no perteneciente a comercio justo, por lo que incumplidos los requisitos mínimos exigidos se excluye de la licitación
La recurrente no se encuentra clasificada entre los 5 primeros licitadores que se seleccionan para la primera fase de concurso y manifiesta su discrepancia con la puntuación obtenida. Analizadas todas las alegaciones se desestiman sus pretensiones al no apreciarse error en la valoración.