Resolución 474/2026
El Tribunal desestima el recurso. La recurrente, separada del primer clasificado por apenas 0,0093 puntos, alegaba error material y contradicción interna en la valoración técnica de su oferta. Valoracion suficientemente motivada y ampara la decisión en la discrecionalidad técnica de la Administración, al tratarse de un juicio sobre el grado de desarrollo y concreción de la oferta, no de la mera presencia o ausencia formal de determinados contenidos.
