Resolución número 537/2021
Desestimación. Los contadores son un producto existente y no a fabricar, no habiendo razón para dar un plazo desde la adjudicación.
Desestimación. Los contadores son un producto existente y no a fabricar, no habiendo razón para dar un plazo desde la adjudicación.
Se acepta el desistimiento del recurso interpuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Se impugnan los pliegos al considerar el recurrente que el presupuesto base de licitación no es correcto. Se desestima el recurso. Los órganos de contratación no están obligados a a trasladar de forma mimética los costes del personal subrogable porque supondría dejar al arbitrio del anterior adjudicatario el presupuesto del contrato.
Estimación de recurso contra un contrato de suministros de títulos universitarios y su tratamiento digital. Definición correcta del objeto del contrato. Requisitos técnicos exigidos en la producción de los títulos. Necesidad de división en lotes del contrato, justificación del órgano de contratación insuficiente.
Estimación de recurso especial contra pliegos de concesión de servicios. Convenio colectivo de aplicación. Allanamiento del órgano de contratación. Modificación de cláusula del PCAP. Licitación en plazo de presentación de ofertas. Anulación convocatoria y retroacción de actuaciones art 122.1 LCSP.
Estimación del recurso. Los criterios de adjudicación deben referirse a los aspectos de la oferta. Los certificados exigidos no guardan relación con la prestación objeto del contrato. El criterio de adjudicación consistente en ofertar horas adicionales exige establecer unos umbrales máximos para evitar distorsiones en las proposiciones de los licitadores.
Desestimación. Servicios jurídicos. La solvencia técnica requerida no es excesiva.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios. Criterios de adjudicación con aspectos interrelacionados que se valoran cuantitativamente de forma automática y cualitativamente mediante juicio de valor. La formulación de los criterios en el PCAP ha de ser clara, sin duplicidades ni inducir a posibles errores en la licitación. Principios de transparencia y proporcionalidad arts. 122 y 132 LCSP.
Desestimación. Los Pliegos no vulneran la Ley del Libro.
Estimación parcial de recurso contra pliegos de contrato de servicios. Criterio de adjudicación contrario a los principios de igualdad, no discriminación, libre competencia y proporcionalidad. Arraigo territorial. Anulación convocatoria con retroacción actuaciones. Arts. 1, 28, 99, 125, 122.1, 125, 126, 132.1 y 145.5 LCSP.