Resolución número 465/2021
Desestimación del recurso. El informe técnico sobre la viabilidad de la oferta está suficientemente motivado y se encuentra dentro del ámbito de la discrecionalidad técnica del órgano de contratación.
Desestimación del recurso. El informe técnico sobre la viabilidad de la oferta está suficientemente motivado y se encuentra dentro del ámbito de la discrecionalidad técnica del órgano de contratación.
Desestimatoria. No ha previsto coste alguno para las horas extraordinarias por COVID 19 trasladándolo indebidamente a otra partida y obteniendo la máxima puntuación en el criterio de adjudicación.
Recurso Recurso contra la exclusión por baja temeraria. Desestimación. Informe justificativo motivado suficientemente. Insuficiente justificación de la baja por parte del recurrente contra la exclusión por baja temeraria.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Falta de legitimación activa recurrente clasificado en quinto lugar, arts. 55.b) LCSP, 22.1.2º y 23 RPERMC.
Desestimación del recurso. El informe técnico sobre la justificación de la oferta incursa en valores anormales esta debidamente motivado y se encuentra dentro del ámbito de la discrecional técnica que le es dada al órgano de contratación a la hora de apreciar la viabilidad de las ofertas incursas en presunción de temeridad.
Desestimación del recurso. El informe técnico emitido sobre los criterios sujetos a juicio de valor es manifestación de la discrecionalidad técnica del órgano de contratación. Esta discrecionalidad igualmente se predica, en este caso, sobre la aceptación por parte del órgano de contratación de la justificación de la oferta anormalmente baja del adjudicatario, no apreciándose arbitrariedad.
Desestimación del recurso. La consideración por parte del órgano de contratación de que el informe justificativo de la oferta incursa en temeridad se encuentra motivado está dentro del ámbito de la discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación, no apreciándose arbitrariedad.
Recurso especial contra adjudicación del contrato por considerar que la oferta del adjudicatario es insuficiente para cubrir costes laborales. Desestimación. La oferta no se encuentra incursa en temeridad. Principio de riesgo y ventura.
Inadmisión de recurso de contrato de servicios. Acuerdo de exclusión de la mesa de contratación por valor anormal, actuación no susceptible de recurso. Arts. 44.2.b) y 55.c) LCSP.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Impugnación de exclusión por baja anormal superior al 30 por 100 del presupuesto. Actuación del órgano de contratación según PCAP y art. 149 LCSP. Inviabilidad prestación servicio, discrecionalidad técnica, decisión sin error, arbitrariedad, ni ausencia de motivación. Improcedencia de indemnización al adjudicatario.