Acreditación de la Solvencia

Resolución 154/2026

Número de Resolución: 
154/2026
Fecha: 
Lunes, 30 Marzo, 2026

SOLVENCIA. Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de la solvenvia económica y técnica. Desestimación. La recurrente realiza un interpretación errónea de los pliegos en cuanto a la acreditación de la solvencia. No impugno los pliegos en el momento procedimental oprtuno.

Resolución 149/2026

Número de Resolución: 
149/2026
Fecha: 
Jueves, 26 Marzo, 2026

SOLVENCIA. Recurso contra adjudiucación del contrato por considerar que se ha vulnerado el principio de igualdad de trato con el adjudicatario. Desestimación. La recurrente, a diferencia de la adjudicataria, no hizo constar en la declaración responsable su intención de intregrar su solvencia. No es admisible que se plantee en la fase del artículo 150 de la LCSP.

Resolución 515/2025

Número de Resolución: 
515/2025
Fecha: 
Miércoles, 3 Diciembre, 2025

Exclusión por no acrreditar la solvencia técnica. Aporta un certificado distinto del exigido en el Pliego. No equivalencia de su certificado con el exigido. Incumplimiento del pliego. Discrecionalidad tecnica en la configuración de los requisitos de solvencia . Desestimación 

Resolución 138/2026

Número de Resolución: 
138/2026
Fecha: 
Jueves, 19 Marzo, 2026

PLANES DE IGUALDAD. Recurso contra exclusión de licitador por no disponer de un plan de igualdad inscrito en el REGCON. Estimación. La empresa alcanza el umbral de 50 o más trabajadores durante el preriodo de presentación de ofertas. No había transcurrido el plazo de tres mses para constituir la comisión negociadora, disponiendo después de otros 12 mses para su inscripción de acuerdo con artículo 4, apartados 1 y 4, del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

Resolución 137/2026

Número de Resolución: 
137/2026
Fecha: 
Jueves, 19 Marzo, 2026

PLANES DE IGUALDAD. Recurso contra exclusión de licitador por no tener incrito un plan de igualdad. Estimación. La recurrente alcanza el némero de más 50 trabajadores durante el periodo de presentación de ofertas. Dispone de un plazo de rtres meses para constituir la comisión negociadora y otros doce para su aprobación e inscripción de acuerdo con artículo 4, apartados 1 y 4, del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

Resolución 129/2026

Número de Resolución: 
129/2026
Fecha: 
Jueves, 12 Marzo, 2026

ENS. INCUMPLIMIENTO SOLVENCIA TÉCNICA. ALLANAMIENTO. Se alega en el recurso incumplimiento solvencia técnica prevista por (PCAP) en dos aspectos.Certificación del (ENS) y, acreditación de la ejecución de servicios similares a los del objeto de la licitación. Se desestima el recurso pues ninguno de los requisitos se exige en los pliegos.

Resolución 114/2026

Número de Resolución: 
114/2026
Fecha: 
Jueves, 5 Marzo, 2026

Solvencia. Acreditación de la Solvencia. Empresas de Nueva Creación. Impugnación indirecta de los pliegos. La LCSP cuando se refiere a las empresas de nueva creación, establece unas peculiaridades para acreditar la solvencia técnica (artículo 90.4. de la LCSP), pero no para la solvencia económica. La recurrente no acredita la solvencia económica de conformidad con lo estipulado en el PCAP por lo que se entiende retirada su oferta. 

Resolución 106/2026

Número de Resolución: 
106/2026
Fecha: 
Jueves, 26 Febrero, 2026

La recurrente no acredita la solvencia requerida en los pliegos. El Pliego de Prescripciones Técnicas desarrolla con exhaustividad los servicios a prestar, de tal forma que permiten constatar, que la documentación aportada por la recurente para acreditar su solvencia, no se corresponde con servicios de similar naturaleza a los del objeto del contrato. 

Resolución 105/2026

Número de Resolución: 
105/2026
Fecha: 
Jueves, 26 Febrero, 2026

ARRAIGO TERRITORIAL COMO CRITERIO DE SOLVENICA. Se pretende la inscripcion de coordinadores de seguridas y salud en obras, en u registro propio de la Comunidad de Madrid , requiriendo ademas una antigüedad de tres años de inscripción. Se desestima el recurso por: el arraigo territorial nunca pude ser una condicion de solvencia, la inscripcion no es obligatoria, por lo que pierde el caracter de habitilitacion profesional, conculca el principio de igualdad de trato a los licitadores. 

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