Resolución número 276/2023
Fecha:
13/07/2023
Número de Resolución:
276/2023
Temas:
Las características técnicas de los equipos a suministrar que conforman el objeto del contrato deben ser precisadas por el órgano de contratación, de forma que satisfaga sus necesidades y a la vez no coarte la competencia. Pero no significa que deba dar entrada a todos los suministros existentes en el mercado. El establecimiento de criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor precisa de una clara e inequívoca redacción sobre la mejora a valorar, no debe referirse al coste ni directa ni indirectamente en cuanto que rebelaría total o parcialmente el precio y con ello invalidaría las fases calificadores descritas en el artículo 146.2 de la LCSP.
Número de Expediente:
254/2023
Tipo de Contrato:
Tipo de Resolución:
Acto Recurrido:
Objeto:
Procedencia:
Documento: