Resolución número 125/2022
Acuerdo Marco productos alimenticios. División en lotes por centros o zonas geográficas, no por productos. Desestimación.
Acuerdo Marco productos alimenticios. División en lotes por centros o zonas geográficas, no por productos. Desestimación.
Estimación de recurso sobre pliegos que utilizan criterios de solvencia que restringen la competencia. En concreto la experiencia profesional en empresas públicas de la Comunidad de Madrid, para un contrato de servicio jurídico laboral.
Declaración de concluso el procedimiento por pérdida sobrevenida del objeto del recurso. El órgano de contratación ha anulado de oficio la adjudicación realizada que era objeto de recurso.
Empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial, podrán presentar oferta de forma individual siempre que de dicha actuación no se desprendan prácticas colusorias.
Desestimación de reclamación contra pliegos por contener un presupuesto base de licitación insuficiente para la prestación del servicio. No queda acreditada esta insuficiencia, sino que es conforme a precios de mercado.
Estimación recurso especial contra la valoración de la oferta del primer clasificado. Allanamiento del órgano de contratación.
Desestimación del recurso. El recurrente es excluido del procedimiento de licitación por incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Estimación de recurso contra exclusión del propuesto como adjudicatario. Uno de los miembros de la UTE dispone del certificado de calidad exigido en los pliegos, lo que permite la integración de la solvencia. Carácter no personalísimo de los certificados de calidad.
Desestimación del recurso. El recurrente incurso en baja temeraria, presenta una justificación de su oferta y a la vista de un requerimiento efectuado por el órgano de contratación, presenta una oferta distinta. Los cambios efectuados en la oferta son de tal entidad que llevan a no tomar en consideración la misma y como resultado la no justificación de la viabilidad de la oferta.
Desestimación de recurso contra la exclusión de la oferta por no haber justificado adecuadamente la viabilidad de su oferta considerada temeraria