Resolución número 036/2025
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato. Recurso contra adjudicación de contrato. Desistimiento del órgano de contratación en base al artículo 152 LCSP. Se da por terminada la tramitación del recurso.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato. Recurso contra adjudicación de contrato. Desistimiento del órgano de contratación en base al artículo 152 LCSP. Se da por terminada la tramitación del recurso.
Inadmisión. El valor estimado del contrato asciende a 77.573,79 por lo que al no superar los 100.000 euros, no cabe recurso especial en materia de contratación según el artículo 44 apartados 1.a) LCSP
Conflicto de intereses.Recurso contra adjudicación del contrato por posible conflicto de interés de un miembro del equipo médico. Desestimación. Interpretación del artículo 64 de la LCSP. No se aprecia un conflicto de interés real y probado, no meramente hipotético.
Conflicto de intereses. Recurso contra adjudicación de contrato por posible conflicto de intereses de un miembro del equipo médico del hospital. Desestimación. Aplicación del artículo 64 de la LCSP. No se aprecia un conflicto de interés real y probado, no meramente hipotético.
Incumplimiento PPT. Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de prescripciones técnicas. Desestimación. No han quedado acreditados los cumplimientos de las exigencias técnicas del equipo que se pone a disposición. Aplicación de la doctrina que establece que los pliegos son la ley del contrato, Artículo 139.1 de la LCSP.
Discrecionalidad técnica. Cumplimiento de prescripciones técnicas y su determinación. Recurso contra adjudicación de suministro sanitario por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la dicrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.
Dicrecionalidad Técnica. Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de prescripciones técnicas.Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.
Criterios de adjudciación. Vinculación de la mesa al contenido de los pliegos. La oferta de la adjudicataria, en dos de los criterios de adjudicación, no se corresponde con lo solicitado en el PCAP. En consecuencia, la puntuación en esos dos criterios debe ser 0 puntos.
Discrecionalidad técnica. Aclaraciones a los pliegos. Las aclaraciones del órgano de contratación sobre el contenido de los pliegos tienen carácter vinculante (artículo 138.3 LCSP). La valoración de los criterios de adjudicación efectuada por el órgano de contratación mediante criterios técnicos goza de la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos, que solo pueden ser desvirtuados cuando se aprecie error o arbitrariedad en los mismos.
Cumplimiento de prescripciones técnicas y su determinación. Dicrecionalidad técnica. Recurso contra la adjudicación de contrato por incumplir el adjudicatario las prescripciones técnicas. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganod de contratación.