Resolución número 339/2023
Desestimación de recurso que pretende la exclusión de la oferta del adjudicatario por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Discrecionalidad técnica.
Desestimación de recurso que pretende la exclusión de la oferta del adjudicatario por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Discrecionalidad técnica.
Recurso contra exclusión de licitador por falta de motivación. Desestimación. El informe motiva de forma sucinta pero suficiente la valoración de los criterios sujetos a cifras o porcentajes. Exclusión ajustada a Derecho al no llegar al umbral de puntuación mínimo exigido para pasar a la fase decisiva.
Recurso contra la adjudicación del contrato por incorrecta valoración de las ofertas. Estimación. Incorrecta valoración de criterios sujetos a cifras o porcentajes. Retroacción de actuaciones para nueva valoración conforme a los pliegos.
La oferta de la adjudicataria no cumple las prescripciones técnicas requeridas. El órgano de contratación procede de oficio ante la interposición del recurso a anular la adjudicación y excluir la oferta.
Desestimación de recurso especial por aplicación de la doctrina de cosa juzgada administrativa. Asunto idéntico al resuelto anteriormente por el Tribunal.
Estimación. Incumplimiento de prescripciones técnicas. La presunción a favor del cumplimiento se desvirtúa por la declaración del licitador.
La recurrente alega que la oferta de la adjudicataria incumple las prescripciones técnicas. No se aprecia el incumplimiento alegado. Se desestima el recurso.
Recurso contra adjudicación de contrato de suministros médicos por incumplimiento de prescripciones técnicas del adjudicatario. Desestimación. No se acredita el incumplimiento. Doctrina de la discrecionalidad técnica y presunción de acierto del órgano de contratación.
Alega el recurrente que la oferta del adjudicatario incumple las prescripciones técnicas. Se desestima el recurso, no se aprecia un incumplimiento palmario y evidente que conlleve la exclusión del adjudicatario.
Se estima anulando resolución de desistimiento pues, pese a haber aprobado expediente sin crédito por órgano incompetente, se han emitido informes a efectos de convalidación, por lo que se trata de una infracción subsanable, no cumpliéndose requisitos del artículo 152 para acordar desistimiento.