Resolución número 123/2024
Allanamiento del órgano de contratación por no haber puntuado correctamente las ofertas clasificadas en primer y segundo lugar.
Allanamiento del órgano de contratación por no haber puntuado correctamente las ofertas clasificadas en primer y segundo lugar.
Recurso contra pliegos por vulneración competencia a través de prescripciones técnicas que puede cumplir un único licitador. No queda demostrado, desestimación.
Recurso interpuesto, a través del acto de adjudicación, contra exclusión por incumplimiento de prescripciones técnicas. La recurrente sí cumple, error de exclusión admitido por el órgano de contratación. Allanamiento.
Se impugna la valoración otorgada en los criterios de adjudicación. Estos criterios son técnicos. Se desestima el recurso. Discrecionalidad técnica del órgano de contratación y presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos.
La recurrente alega que la adjudicataria incumple una prescripción técnica basándose en la contradicción de un parámetro que consta en las páginas 1 y 2 de la ficha técnica. El órgano de contratación se allana a las pretensiones de la recurrente en un informe que no se encuentra motivado. Se ordena la retroacción del procedimiento a los efectos de que se solicite a la adjudicataria aclaración sobre la contradicción alegada y se emita el informe técnico que corresponda con la debida motivación.
Estimación parcial. La adjudicataria del Lote 2 incumple las prescripciones técnicas.
Desestimación de recurso interpuesto contra pliegos por entender que los requisitos técnicos sólo puede cumplirlos un licitador, vulnerando la competencia. No se aprecia dicha vulneración, se han presentado 6 licitadores y no se ha cumplido la obligación de carga de la prueba que pesa sobre recurrente. Necesidades del órgano contratación y prescripciones técnicas justificadas en expediente..
La exclusión de la recurrente es conforme a derecho pues no ofrece ninguna duda el incumplimiento de las prescripciones técnica y no se puede acoger su pretensión de entender por no puesto ese criterio. Acordada su exclusión no está legitimada para impugnar la adjudicación pues ante una estimación de sus pretensiones no obtendría ningún beneficio cierto.
El recurrente es excluido del procedimiento de licitación por incumplimiento de prescripciones técnicas. Revisado el expediente de contratación se comprueba que no existe tal incumplimiento. Se estima el recurso.
Recurso contra la adjudicación del contrato por error en la oferta del adjudicatario. Estimación. El anexo de la oferta económica no incluye el desglose de los distintos componentes y referencias que integran el sistema así como el precio unitario. Improcedencia de la subsanación concedida. Modificación de la oferta