Resolución número 010/2023
Estimación. Los pliegos favorecen a un único licitador, vulnerando los principios que rigen la contratación administrativa de un procedimiento abierto.
Estimación. Los pliegos favorecen a un único licitador, vulnerando los principios que rigen la contratación administrativa de un procedimiento abierto.
Se excluye al recurrente por no cumplir con los requisitos exigidos en el PPT. Revisado el expediente se desestima el recurso por no cumplir con lo exigido en el pliego, no pudiendo tener en consideración otras mejoras no establecidas en el PPT.
Estimación. Se anulan pliegos por incluir un criterio de adjudicación consistente en una solución informática no relacionado con el objeto del contrato, que es el suministro de material médico fungible.
Estimación. La ficha técnica del sobre 1 es subsanable. No afecta a la oferta.
Allanamiento del órgano de contratación. Estimación para que vuelvan a valorar el cumplimiento de las prescripciones técnicas.
Recurso contra desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. El desistimiento se fundamenta en que el valor estimado del contrato no se ajusta a los precios de mercado, existiendo sobrevaloración. La justificación es conforme a lo previsto en el artículo 152 de la LCSP.
Recurso contra el desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. El desistimiento se ajusta a lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP. Error en el cálculo del presupuesto de licitación, existiendo sobrecoste, no siendo ajustado a precios de mercado
Recurso contra el desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP. Error en el cálculo del presupuesto de licitación, existiendo sobrecoste.
Recurso contra el acuerdo de la mesa de contratación por la que se decide dar por no justificada la oferta incursa en presunción de temeridad. Acto no susceptible de recurso, no obstante, al estar ratificada la propuesta por el órgano de contratación se entra a conocer sobre el fondo del asunto. Estimación del recurso. El informe del órgano de contratación incurre en errores de apreciación. Motivación insuficiente.
Los pliegos establecen una visita obligatoria a las instalaciones objeto del contrato. El recurrente solicita que se le habilite otro día de visita por haber tenido conocimiento de la fecha una vez que ha transcurrido la misma. Fundamenta sus alegaciones en que la publicación el BOCM es posterior a la fecha de la visita. El perfil del contratante recoge todos los documentos decisivos de la licitación que permiten al potencial licitador analizar si le interesa participar en ese procedimiento. No se pueden vincular los plazos a la fecha de publicación en los distintos boletines.