Resolución número 292/2023
La adjudicataria contaba con plan de igualdad vigente e inscrito, por lo que no se encontraba en las prohibiciones de contratar alegadas por la recurrente. Desestimación.
La adjudicataria contaba con plan de igualdad vigente e inscrito, por lo que no se encontraba en las prohibiciones de contratar alegadas por la recurrente. Desestimación.
Desistimiento del recurso interpuesto. Artículo 84.1 Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aplicable por remisión del artículo 56.1 de la LCSP.
Se excluye a la recurrente por no acreditar la viabilidad de la oferta. El informe técnico está debidamente motivado, no se aprecia error o arbitrariedad por lo que se encuentra dentro del margen de discrecionalidad que le es dado al órgano de contratación.
Consideración de que la empresa adjudicataria se encuentra en prohibición de contratar de conformidad al artículo 71.1 d) al no contar con una de igualdad válido, en vigor e inscrito o en vías de inscripción.
Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que la oferta del adjudicatario no cubre los costes laborales. Desestimación. La oferta no está incursa en anormalidad y fue realizada en base al presupuesto base de licitación. La entrada en vigor de nuevo convenio colectivo se encuentra dentro del riesgo y ventura del licitador.
Se impugna la cláusula que exige el establecimiento de delegaciones o sucursales en Madrid. Se desestima el recurso. Sólo es exigible a las empresas en que concurran los requisitos establecidos en el artículo 17.2.b) del Reglamento de Seguridad Privada. Es una obligación legal.
Desestimación impugnación indirecta de los pliegos. Cuadrante mágico de Gartner.
Se recurren los pliegos. El órgano de contratación desiste del procedimiento de licitación. Terminación de los procedimientos de los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por imposibilidad material de su continuación por pérdida sobrevenida del objeto.
Desestimatoria. Un convenio colectivo no vigente no es de aplicación al presupuesto. Se ha revisado el precio conforme al convenio vigente.
Desestimación de recurso que pretende la anulación de su exclusión por incumplimiento de la acreditación de la solvencia y la aportación de otros documentos previamente a la adjudicación. La relación de documentos a aportar se encuentra descrita tanto en el PCAP como en el requerimiento efectuado por el O.C., así como en la solicitud de subsanación. Los pliegos vincular a las partes en todos sus términos.