Resolución número 249/2022
Recurso contra adjudicación de contrato basado de un acuerdo marco de comedores escolares. Inadmisión. El contrato basado tiene un valor estimado inferior a 100.000 euros.
Recurso contra adjudicación de contrato basado de un acuerdo marco de comedores escolares. Inadmisión. El contrato basado tiene un valor estimado inferior a 100.000 euros.
Desestimación de recurso contra adjudicación del contrato. El adjudicatario cumple las prescripciones técnicas en cuanto adscripción de medios personales. La no cualificación de dos trabajadores afecta a la valoración de la oferta, no a su admisión.
Estimatoria. El recurrente no está en baja desproporcionada atendiendo al conjunto de su oferta. El pliego no admite bajas desglosadas para cada mantenimiento. Las bajas deben entenderse en el sentido más favorable para la continuidad en el procedimiento y el principio de concurrencia. El artículo 149 LCSP establece el criterio de baja sobre el conjunto de la oferta.
Inadmisión de recurso especial contra acuerdo de la mesa de contratación por extemporáneo.
Estimación del recurso. Se anulan los pliegos por no establecer un umbral máximo en las mejoras.
Desestimación. Suficiente motivación del órgano de contratación.
Recurso contra la valoración de la oferta del adjudicatario. Estimación parcial. Parte de los técnicos adscritos al contrato no cumplen requisitos de formación adicional para ser valorados.
Recurso contra la exclusión de licitador por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica. Justificación suficiente de los motivos de exclusión.
Desestimación recurso contra exclusión por baja desproporcionada no justificada.
Desestimación recurso especial contra la exclusión del propuesto como adjudicatario. No queda acreditada la titulación exigida al técnico adscrito al contrato.