BUSCADOR DE RESOLUCIONES
5 registros de 5103
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Resolución: 145/2025Fecha: 10/04/2025Subsanación VS aclaración. Modificación de ofertas. Recurso contra exclusión de licitador por no incluir las fichas técnicas de los productos a suministrar. Estimación. Procede la concesión de plazo para subsanación. No supone modificación de oferta. Doctrina sobre la subsanación de la oferta.
resolucion_145-2025_expediente_107-2025.pdf (356.77 KB)
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Resolución: 144/2025Fecha: 10/04/2025Subsanación VS Aclaración. Modificación de oferta. Recurso contra la exclusión de licitador por deficiencias en las fichas técnicas de parte de los suministros a realizar. Estimación. Procede la concesión de plazo para subsanación. No supone modificación de oferta. Doctrina sobre subsanación de ofertas.
resolucion_144-2025_expediente_106-2025.pdf (360.9 KB)
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Resolución: 143/2025Fecha: 10/04/2025Restricción de la competencia. Estimación de recurso interpuesto por Colegio de Ingenieros contra los pliegos de un servicio de redacción de plan urbanístico, por restringir participación a ingenieros a través de la adscripción de medios. El órgano considera la cláusula por no puesta, a través de la respuesta no vinculante a consultas de los licitadores. Se estima el recurso pues se precisa la anulación de los pliegos y aprobación de unos nuevos, pues la respuesta publicada no vincula.
resolucion_143-2025_expediente_103-2025.pdf (356.86 KB)
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Resolución: 142/2025Fecha: 10/04/2025Ofertas Anormal. El recurrente considera que la viabilidad de la oferta no esta justificada. Se comprueba y se considera que esta plenamente justificada. Doctrina sobre anormalidad de ofertas
resolucion_142-2025_expediente_100-2025.pdf (355.35 KB)
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Resolución: 141/2025Fecha: 10/04/2025Valoración de las ofertas. Acreditación de la solvencia técnica (CPV). La valoración de los criterios sujetos a juicio de valor, previamente destacados los ítems a valorar esta dotada de discrecionalidad técnica, que solo puede obviarse en caso de error o arbitrariedad. El recurrente no demuestra tales circunstancias. En cuanto a la acreditación de la solvencia técnica se consideraran servicios similares aquellos cuyos tres primeros dígitos coincida con el código CPV, salgo que el PCAP establezca otra similitud.
resolucion_141-2025_expediente_097-2025.pdf (286.91 KB)