Resolución número 364/2019
Inadmisión recurso especial por extemporáneo. La modificación introducida en de los pliegos no afectan al motivo del recurso, por lo que el plazo de recurso comienza al día siguiente de la publicación inicial.
Inadmisión recurso especial por extemporáneo. La modificación introducida en de los pliegos no afectan al motivo del recurso, por lo que el plazo de recurso comienza al día siguiente de la publicación inicial.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios, pretende variar la forma de acreditación de la solvencia en fase de adjudicación. Impugna la documentación aportada para acreditar la solvencia. Pliegos lex inter parte. Acreditación correcta.
Desestimación recurso. La solvencia técnica requerida en un servicio de gestión tributaria de compatibilidad con un programa informático no vulnera la concurrencia.
Estimación parcial. Anulación punto 7 cláusula primera "acreditación formación por el fabricante", admisible como criterio de adjudicación, pero no como solvencia.
Estimación de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios de mantenimiento de equipos de seguridad. Se requiere una solvencia desproporcionada. El órgano de contratacion pretende allanarse. Teoría sobre la imposibilidad de allanarse por la adminsitración y necesidad de determinar la clasificación económica aunque no sea preceptiva su aportación. Nulidad de actuaciones por ambos motivos.
Recurso contra pliegos. Se tiene por concluido el procedimiento al haberse declarado desierto.
Inadmisión recurso especial por extemporáneo.
Inadmisión por extemporaneidad del recurso, que se presenta en el Tribunal central de Recursos Contractuales a través de su registro electrónico, la cual forma parte da la Administración General del estado, pero no se anuncia inmediatamente a este Tribunal. Interpretación artículo 51.3 LCSP.
Desestimación recurso contra Pliegos de guantes estériles y no. Varias de las impugnaciones ya han sido rectificadas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas. Otras no son una impugnación de las mismas sino un solicitud de cambio por entender que son mejor que las propuestas por el Hospital. Corresponde al órgano de contratación determinar sus propias necesidades.
Desestimación de un recurso contra contrato de servicios de seguridad. Existe garantía provisional que es acreditada mediante un aval extranjero sin autentificar en España y a favor de otra empresa filial de la licitadora.