Resolución número 179/2022
El Tribunal no puede entrar a sustituir el juicio técnico de la Administración que ha encargado informe externo a técnico especializado para valorar viabilidad de oferta y ajuste a prescripciones técnicas.
El Tribunal no puede entrar a sustituir el juicio técnico de la Administración que ha encargado informe externo a técnico especializado para valorar viabilidad de oferta y ajuste a prescripciones técnicas.
Recurso contra la valoración de la oferta del adjudicatario. Estimación parcial. Parte de los técnicos adscritos al contrato no cumplen requisitos de formación adicional para ser valorados.
Se estima impugnación sobre falta de motivación de la valoración. Se desestiman otros sobre formato de la memoria, acreditación de la disponibilidad de medios, secreto de las proposiciones y disponibilidad de nave.
Las sociedades públicas no están sujetas al derecho administrativo, pudiendo revocar sus actos sin mayor límite que el derecho de terceros y su comunicación para evitar la indefensión.
El recurrente pretende que se valoren como méritos los requisitos mínimos exigidos en el PPT. Se desestima el recurso y se impone multa.
Inadmisión por falta de legitimación del recurrente.
El recurrente fue excluido de la licitación y no consta que haya presentado recurso ante el TSJM, por lo que se le considera ilegitimado para recurrir.
Recurre la imposición de penalidades con base en el artículo 150.2 LCSP. El recurrente solicita la retirada de la oferta que no es aceptada por el órgano de contratación. Finalmente es propuesto adjudicatario y no cumple con el requerimiento de documentación por lo que procede la imposición de penalidades. Desestimación del recurso.
Inadmisión del recurso por extemporáneo.
Estimación de recurso que anula la exclusión de la oferta de la adjudicataria por inadecuada acreditación de la solvencia técnica. Dicha acreditación se efectúa de conformidad con el PCAP, mientras que el órgano de contratación pretende reinterpretar los pliegos. Doctrina de pliegos lex contractus.