Resolución número 267/2022
Desestimación del recurso. El recurrente tiene deudas tributarias en un momento anterior a la formalización del contrato.
Desestimación del recurso. El recurrente tiene deudas tributarias en un momento anterior a la formalización del contrato.
Desestimación de recurso especial contra la exclusión de licitador por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica de la Administración. Motivación suficiente.
Los recurrentes incluyen el sobre 2 parcialmente documentación que debe contar en el sobre 3. Se les excluye del procedimiento de licitación por contaminación de las ofertas. De acuerdo con la doctrina no procede una exclusión automática, sino que hay que valorar caso por caso si realmente se ha vulnerado el secreto y ha podido influir en la valoración de los criterios sujetos a juicio de valor.
Desestimación del recurso. Se excluye al recurrente por no quedar justificada la viabilidad de la oferta. En los costes no contempla todas las obligaciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
Se desestima el recurso. El informe técnico que analiza la justificación de la oferta incursa en presunción de anormalidad está motivado, no apreciándose error ni arbitrariedad y se encuentra dentro del margen de discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación.
Desestimación del recurso. Se requiere al licitador que subsane determinada documentación administrativa. Cumple parcialmente el requerimiento. No procede un segundo trámite de subsanación.
Recurso contra la exclusión por no justificar su oferta incursa en presunción de temeridad. No acredita suficientemente los gastos del personal que constituyen el 90% del presupuesto. Informe del órgano de contratación con motivación reforzada para rechazar la oferta.
Recurso contra el acuerdo de valoración y clasificación de las proposiciones de la mesa de contratación. Inadmisión. Acto no susceptible de recurso al no decidir directa o indirectamente sobre la adjudicación del contrato al estar pendiente de ratificación por el órgano de contratación.
Baja desproporcionada. No justificación número de horas, salarios. La adjudicación de una licitación anterior no es término de comparación idóneo.
Inadmisión de recurso especial contra acuerdo de la mesa de contratación por extemporáneo.