Resolución número 401/2022
Desestimación. Emisoras ilegales y que no cumplen con los requisitos de información local.
Desestimación. Emisoras ilegales y que no cumplen con los requisitos de información local.
Recurso contra la exclusión de licitador que presentó tres plicas. Estimación del recurso ya que las tres contienen la misma oferta económica en una licitación con un único criterio de adjudicación, el precio. No se produce ventaja alguna para el licitador, debiendo primar el principio de concurrencia y de selección de la mejor oferta.
Desestimación. La oferta se presentó por persona que en ese momento no tenía poder de representación de la mercantil y el cambio de administrador no se comunicó al órgano de contratación al presentar la documentación previa a la adjudicación, por lo que el error se señala una vez precluido el plazo y no puede admitirse la nueva documentación.
Las entidades concurren en UTE al procedimiento de licitación. Una de ellas no tiene la habilitación exigida en los pliegos. Se desestima el recurso pues ambas empresas deben estar habilitadas.
Acumulación de recursos y desestimación. Integración de solvencia con apoyo en medios externos. La empresa en la que se apoya no tiene objeto social para las prestaciones del contrato, por lo que su exclusión es conforme a Derecho.
Inadmisión de recurso al tener un valor estimado inferior a 100.000 euros. El Tribunal carece de competencia para resolverlo.
Desestimación. No presenta la documentación de adjudicatario en plazo. No cabe el envío por correo electrónico. No acredita los problemas con la herramienta de la Plataforma de Contratación mediante aviso a la propia Plataforma, que informa que no existía ningún problema el día del envío.
Estimatoria. De la certificación remitida no se deduce que el contrato esté todavía en ejecución. Era posible solicitar aclaración.
Se considera retirada la oferta al no presentar ninguno de los documentos requeridos tal y como determina el artículo 150.2 LCSP. No se puede aplicar la teoría antiformalista y requerir de subsanación cuando la omisión es total
Recurso contra la exclusión de una UTE propuesta como adjudicataria por falta de habilitación legal exigida en pliegos por unos de sus miembros. Desestimación. A fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas una de las componentes de la UTE no contaba con la habilitación profesional exigida. La habilitación se exige al licitador no al contratista. Improcedencia de la integración de la habilitación de la UTE.