
Pilas y acumuladores
La correcta gestión de los residuos de pilas y acumuladores, pretende prevenir su generación y facilitar su recogida selectiva y su correcto tratamiento y reciclaje, con la finalidad de reducir al mínimo su peligrosidad.
La normativa sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, se aplica a todo tipo de pilas, acumuladores y baterías, con independencia de su forma, volumen, peso, composición o uso. Abarca tanto a las pilas y acumuladores portátiles, es decir, las de consumo doméstico más frecuente, como a las industriales y de automoción.
Únicamente se exceptúan las pilas, acumuladores y baterías utilizados en equipos ligados a la protección de los intereses esenciales de seguridad de España, armas, municiones y material de guerra y en equipos destinados a ser enviados al espacio.
Los objetivos de la gestión ambiental en este tipo de residuos son:
- Prevenir la generación de residuos de pilas y acumuladores, facilitar su recogida selectiva y su correcto tratamiento y reciclaje, con la finalidad de reducir al mínimo su peligrosidad y de evitar la eliminación de las pilas, acumuladores y baterías usados en el flujo de residuos urbanos no seleccionados.
- Establecer normas relativas a la puesta en el mercado de pilas, acumuladores y baterías, así como a la recogida, tratamiento, reciclaje y eliminación de sus residuos. En este sentido, se prohíbe la puesta en el mercado de pilas y acumuladores que contengan determinadas cantidades de sustancias peligrosas.
Definiciones
Obligaciones de los productores
Sistemas de Responsabilidad ampliada del Productor
Los Sistemas individuales de responsabilidad ampliada deben presentar una comunicación previa al inicio de las actividades de recogida y gestión ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde radique su sede social.
Los Sistemas colectivos de responsabilidad ampliada serán autorizados por el órgano competente de la comunidad autónoma donde radique su sede social.
Obligaciones de los Gestores
Las empresas o entidades que realicen operaciones de gestión de residuos de pilas o acumuladores están sometidas al régimen de autorización y comunicación establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular . Quedan excluidos de esta obligación los puntos de recogida selectiva, públicos o privados, que se limiten a recibir en sus instalaciones las pilas, acumuladores o baterías usados para su entrega a un gestor.
Conforme a lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, se prohíbe la incineración y la eliminación en vertederos de residuos de pilas y acumuladores industriales y de automoción. No obstante, los residuos de cualquier tipo de pilas y acumuladores que hayan sido sometidos a procesos de tratamiento y reciclaje (art. 12 Real Decreto 106/2008), podrán ser eliminados en vertederos o mediante incineración.
Plan de Gestión de Residuos de Pilas y Acumuladores (2017-2024)
Normativa de aplicación
Consulta la legislación en materia de pilas, acumuladores y baterías usadas en el Repertorio de Legislación de Medio Ambiente (RLMA)