
Empresas de inserción
Integran a personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario.
Estas empresas tienen como fin conseguir la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social.
Registro Empresas de Inserción
¿Qué son?
Se consideran Empresas de Inserción las sociedades mercantiles o cooperativas legalmente constituidas que realicen cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios, cuyo objeto social tenga como fin la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario, debiendo estar calificada por los organismos autonómicos competentes en la materia.
¿Quién puede trabajar?
Pueden trabajar en una Empresa de Inserción:
- Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
- Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:
- Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
- Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
- Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
- Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
- Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
- Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.
- Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
¿Como consigo la Calificación Provisional?
Para la obtención de la Calificación Provisional como empresa de inserción, deberán acreditar el cumplimento de los requisitos de calificación establecidos en los apartados siguientes:
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Encontrarse inscritas en el Registro correspondiente a su forma jurídica, así como en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma, que en el caso de la Comunidad de Madrid es el Registro de Empresas de Promoción e Inserción Laboral de Personas en Situación de Exclusión Social subvencionables por la Comunidad de Madrid.
- No realizar actividades económicas distintas a las de su objeto social.
- Contar con los medios necesarios para cumplir con los compromisos derivados de los itinerarios de inserción sociolaboral.
¿Cómo obtengo la Calificación Definitiva?
Para alcanzar la Calificación Definitiva, deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos que se enumeran a continuación, en un plazo no superior al año desde la calificación provisional:
- Aplicar, al menos, el ochenta por ciento de los resultados o excedentes disponibles obtenidos en cada ejercicio a la mejora o ampliación de sus estructuras productivas y de inserción.
- Presentar anualmente un Balance Social de la actividad de la empresa que incluya la memoria económica y social, el grado de inserción en el mercado laboral ordinario y la composición de la plantilla, la información sobre las tareas de inserción realizadas y las previsiones para el próximo ejercicio.
Una vez obtenida la calificación definitiva, serán inscritas, de oficio, en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para su calificación dará lugar a la descalificación de la empresa de inserción y a su baja en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid.
Obligaciones de las Empresas de Inserción
1.- Desarrollar el Itinerario de Inserción Sociolaboral y Servicios de Intervención y Acompañamiento
Las empresas de inserción deberán proporcionar a los trabajadores procedentes de los colectivos desfavorecidos mencionados en la página inicial, como parte de sus itinerarios, procesos personalizados y asistidos de trabajo remunerado, formación en el puesto de trabajo, habituación laboral y social.
Estas empresas deberán tener servicios de intervención o acompañamiento para la inserción socio-laboral que faciliten su posterior incorporación al mercado de trabajo ordinario.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para su calificación dará lugar a la descalificación de la empresa de inserción y a su baja en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid.
2.- Registrales
Las empresas de inserción, una vez inscritas en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid, estarán obligadas a presentar la siguiente documentación:
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El plan de actividades y el presupuesto de cada año con anterioridad al inicio del mismo.
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Las cuentas anuales, el informe de gestión y el balance social correspondiente al cierre de cada ejercicio económico, sin perjuicio de las obligaciones de depositar las cuentas y el informe de gestión en los Registros que correspondan a su forma jurídica.

Consulte las Empresas de Inserción calificadas en la Comunidad de Madrid

Consulte el Directorio de Entidades UTIL (Unidades de Transición para la Integración Laboral)
Programa de ayudas para Empresas de Inserción y Entidades sin ánimo de lucro
Acceso a consulta convocatorias anteriores
- Subvención para gestión de itinerarios
- Subvención a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo
- Ayudas a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico de producción
- Ayudas a servicios de orientación y preparación de la inserción laboral al mercado ordinario
- Ayudas a la inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos de trabajo
- Subvención a la gerencia de Empresas de Inserción
- Incentivos a las Unidades de Transición para la Integración Laboral (UTIL) y Empresas de Inserción por la contratación en el mercado ordinario
- Incentivos a las empresas o entidades por la contratación de participantes en itinerarios