Taxis y VTC. Información completa
Taxímetro, módulo luminoso y mampara de seguridad. Tarifas. Derechos y obligaciones de usuarios y prestadores del servicio de Taxi y VTC.
Taxi
Elementos obligatorios
Todos los vehículos que prestan servicio de taxi en la Comunidad de Madrid son de color blanco y deben llevar de forma visible, en la parte superior derecha de la luna trasera del vehículo y en las puertas delanteras, el número de licencia municipal en negro y el escudo del municipio que le haya otorgado la licencia. Esta licencia estará también incluida en una placa dentro del vehículo. Así lo establece el Decreto 35/2019 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Los titulares de los taxis tendrán dos años de plazo para adecuar sus vehículos a esta normativa.
En cuanto a las matrículas, los taxis matriculados a partir del 1 de agosto de 2018 deben llevar la matrícula trasera con fondo reflectante de color azul y con los caracteres pintados en blanco mate. Los vehículos matriculados antes de esa fecha, tenían un año de plazo para adecuar sus matrículas al nuevo formato.
Todos los taxis deben ir provistos de aparato taxímetro y módulo luminoso que deben estar comprobados y precintados por el órgano administrativo competente.
- El taxímetro debe estar situado en el salpicadero del coche de forma visible y tiene que iluminarse al entrar en funcionamiento (bajada de bandera), de forma que el viajero pueda ver en todo momento el importe del servicio. Excepcionalmente, en pequeños núcleos urbanos, el órgano municipal competente podrá eximir al taxista de la obligación de instalar el aparato siempre y cuando se establezca un sistema de recorrido con tarifa fija y se acuerden medidas que impidan un cobro abusivo.
- El módulo luminoso debe estar situado en la parte delantera del techo para que se pueda visualizar desde el exterior la tarifa que está siendo aplicada, así como, en su caso, la situación de disponibilidad del vehículo.
También se podrán instalar mamparas de seguridad en los vehículos, siempre que se tenga autorización del órgano municipal y estén homologadas. Las mamparas deberán llevar dispositivos que permitan tanto el pago del servicio desde el interior como la comunicación entre conductor y usuario.
Derechos de los usuarios
Los usuarios del taxi tienen reconocidos, entre otros, los siguientes derechos:
- Que no se efectúe la bajada de bandera antes de que entre en el taxi y haya indicado el lugar de destino al conductor, excepto cuando se trate de un servicio contratado por radio-taxi, por vía telemática o por teléfono, en cuyo caso, se entenderá iniciada la carrera en el lugar de partida del vehículo, con los importes máximos autorizados en cada caso.
- Transportar consigo cualquier equipaje que quepa en la baca o en el maletero del coche y no cause deterioro en el vehículo.
- Acceder con perro de asistencia, un máximo de dos personas. El animal, que no computará en el número de plazas autorizadas para el vehículo, debe ir tendido a los pies del usuario.
- A exigir un recibo por el servicio prestado en el que debe constar la siguiente información: número de licencia, NIF, matrícula del vehículo, precio de la carrera, fecha y firma del taxista. Es recomendable pedirla ya que es importante, si se quiere reclamar.
- Solicitar y obtener, hojas de reclamaciones en los vehículos. En ellas el usuario podrá exponer cualquier reclamación o sugerencia sobre la prestación del servicio.
- A que el conductor lleve al usuario al destino solicitado utilizando para ello el itinerario óptimo, salvo que el cliente exprese su voluntad de utilizar otro distinto.
- A que en caso de avería, accidente, reposición de combustible u otros motivos no imputables al usuario, se detenga el contador. Una vez resuelto el incidente, el taxímetro se pondrá en marcha sin que haya que volver a bajar la bandera. Si el incidente impide continuar el viaje, el usuario sólo tendrá que abonar el importe de la carrera hasta ese momento, descontando de ese importe la cantidad que corresponda a la bajada de bandera. En este caso, y si los medios se lo permiten, el conductor deberá solicitar y poner a disposición del usuario otro taxi que sólo podrá empezar a cobrar desde donde se accidentó o averió el primero.
- Los usuarios podrán contratar servicios por plaza con pago individual siempre que se contraten a precio cerrado a través de medios electrónicos. Estarán formados por un trayecto principal, el solicitado por el primer viajero, y de unos trayectos secundarios, que deberán discurrir siempre dentro del trayecto principal al objeto de facilitar la subida y bajada de los viajeros en su realización. Cuando un viajero contrate un servicio por plaza con pago individual deberá facilitar el punto de origen y destino del trayecto, la fecha y hora de su realización, el número de plazas que se desea contratar y deberá conocer el precio antes de su realización, el cual no podrá verse alterado tras haber sido aceptado.
Obligaciones del prestador del servicio
A continuación se destacan las principales obligaciones del taxi y su conductor, que deben ir dotados durante la prestación del servicio de los siguientes documentos:
En lo referente al servicio, los prestadores deben:
- Tener a disposición de los viajeros que así lo soliciten las hojas de reclamaciones.
- Llevar un ejemplar del reglamento y, en su caso, de la ordenanza municipal que regule el servicio.
- Llevar un ejemplar oficial de las tarifas vigentes.
- Disponer de direcciones y emplazamientos de casas de socorro, sanatorios, comisarías de policía, bomberos y demás servicios de urgencia.
- Disponer de plano y callejero de la ciudad o GPS que lo sustituya.
- Tener impresora para la confección de tiques o un talonario de recibos autorizado por el ayuntamiento.
- Indicar su situación de disponibilidad mediante un cartel visible a través del parabrisas, en el que figure la palabra LIBRE. Por la noche llevarán encendida una luz verde que indicará la situación de LIBRE del vehículo.
- Mantener el vehículo en buen estado, de tal forma que su utilización se produzca en condiciones dignas de seguridad e higiene.
- Dedicar un comportamiento correcto a los usuarios, ayudando a subir y bajar del vehículo a los viajeros que lo necesiten por razones de edad, discapacidad o estado de salud.
- Revisar el interior del vehículo al finalizar cada servicio con el objeto de comprobar si el usuario ha olvidado alguna pertenencia. De ser así, debe devolver lo que encuentre en el acto. Si ya no fuera posible, tiene que depositarlo en las oficinas habilitadas al efecto en un plazo de 48 horas.
- Proporcionar cambio al usuario hasta la cantidad de 20 euros. Si tienen que abandonar el vehículo para obtener moneda fraccionaria en cuantía inferior a dicho importe, procederán a interrumpir provisionalmente el cómputo del taxímetro.
- Facilitar recibo del servicio si el usuario se lo pide.
Derechos del prestador del servicio
Los prestadores del servicio de taxi tienen reconocidos los siguientes derechos:
- Cuando el viajero abandone transitoriamente el vehículo y el conductor deba esperar su regreso, éste podrá pedir como garantía, y a cambio de recibo, el importe del recorrido efectuado más media hora de espera, si se está en zona urbanizada, o una hora, si se trata de un descampado. Agotado este tiempo sin que el usuario haya regresado, el conductor podrá considerarse desvinculado de continuar el servicio.
- El conductor, al que se haya solicitado la realización de un servicio personalmente o por teléfono, podrá negarse si se da alguna de estas causas:
- Si es requerido para transportar un número de personas superior al de las plazas autorizadas.
- Si alguno de los viajeros se encuentra en estado de embriaguez o bajo los efectos de las drogas.
- Si la naturaleza del equipaje o la presencia de animales pueden causar daños en el interior del vehículo, excepto si se trata de una silla de ruedas o un perro de asistencia que el viajero lleve consigo.
- Si es requerido para realizar un servicio por vías intransitables que ofrezcan peligro para la seguridad e integridad tanto de los ocupantes como del conductor o el vehículo.
Tarifas
Cada vehículo debe tener un ejemplar oficial de las tarifas en el interior del vehículo y en un lugar visible para los usuarios. El cuadro de tarifas tiene que recoger todos los suplementos y precios específicos que, en su caso, proceda aplicar a determinados servicios.
No se considera incluido el precio de los peajes por la utilización de autopistas, vías especiales y entrada en zonas controladas, que será abonado adicionalmente por el usuario, siempre y cuando éste haya solicitado ese trayecto.
Las tarifas comprenden los siguientes conceptos:
- La bajada de bandera, que es el precio indicado por iniciar el servicio o la tarifa mínima que se cobra por cada carrera.
- La tarifa por kilómetro recorrido.
Cuando el servicio se realiza en horario nocturno o en día festivo puede tener un precio superior.
Se podrá cobrar un suplemento por trayectos con orígenes o destinos especiales, consulte los importes en la información de tarifas del propio taxi.
Para más información sobre tarifas en la Comunidad de Madrid, consulte en la Comisión de Precios del Consejo de Consumo.
Existen distintos tipos de tarifas:
VTC
En los últimos años prestan servicio en la Comunidad de Madrid los conocidos como VTC (vehículos de transportes con conductor), que ofrecen un servicio de transporte a cambio de un precio.
Varias son las empresas que han comenzado a ofertar estos servicios, en los que el usuario solicita un coche para un desplazamiento a través de una aplicación en el móvil y un conductor le recoge en el punto acordado y le lleva a su destino, facturando un precio que varía en función del tiempo consumido y los kilómetros realizados.
La legislación de vehículos de transporte con conductor (VTC) estipula que todos estos coches están obligados a tener una autorización para poder circular y ofrecer el servicio. Esta es la garantía de que el servicio cumple con las suficientes condiciones de seguridad y calidad.
En la Comunidad de Madrid, estos vehículos deben llevar un distintivo que los identifique como VTC, uno en la parte superior derecha de la luna delantera y otro en la parte inferior izquierda de la luna trasera. El funcionamiento de este servicio en la Comunidad de Madrid está regulado por el Decreto 5/2024.
Los conductores de este tipo de vehículos deberán superar una examen que valorará el manejo de dispositivos digitales con mapa de navegación, el uso del castellano, primeros auxilios, el cumplimiento de la normativa y el conocimiento de lugares, oficinas públicas, hoteles y centros de ocio más importantes de la Comunidad de Madrid.
En circunstancias excepcionales de alta demanda de servicios (eventos no habituales o extraordinarios en los que la oferta de transporte resulte insuficiente por la afluencia masiva), el precio de los servicios no podrá superar el 75 por ciento sobre el precio base.
La legislación incluye un nuevo servicio por plaza con pago individual, con un trayecto principal, el solicitado por el primer viajero, y unos trayectos secundarios, que deberán discurrir siempre dentro del trayecto principal al objeto de facilitar a subida y bajada de las personas viajeras en su realización.
Además, estos vehículos deberán contar con una línea telefónica activa de atención al usuario mediante la que este podrá ponerse en contacto con la empresa cuando lo precise.
Reclamaciones Taxi y VTC
- Si la reclamación es económica, (desacuerdo con importe cobrado) o tiene que ver con el extravío o daños de equipajes o encargos, daños personales durante el transporte, modificación unilateral de condiciones contractuales o no aplicación de descuentos, puede dirigirse a las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid y solicitar un arbitraje.
- En otros municipios de la Comunidad de Madrid, acuda a la Oficina Municipal de Información al Consumidor del municipio o a la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid o a través de internet, con certificado digital.
- Solo para el caso de taxis del municipio de Madrid y cuando la reclamación no sea económica, por ejemplo falta de condiciones de confortabilidad o la música estaba muy alta, debe dirigirse a la calle Albarracín, 33 y presentar el impreso que encontrará en este enlace (de manera presencial o a través de internet, con certificado digital).
Los conductores de taxi y de VTC deben tener en los vehículos hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios. Así como un cartel donde se informe de la existencia de dichas hojas.
Fecha de actualización: 25 de abril de 2024