
Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid
Órgano especializado para resolver reclamaciones sobre contratos de transporte terrestre
Juntas Arbitrales del Transporte

Las Juntas Arbitrales del Transporte son un órgano de la Administración de la Comunidad de Madrid similar a un Tribunal que resuelven los conflictos que puedan producirse entre dos empresas, o entre una empresa y un particular, relacionados con un contrato de transporte por carretera, ferrocarril, o por cable.
Un simple escrito de reclamación y una comparecencia rápida y sencilla, bastan para resolver las reclamaciones que se planteen.
Hay dos Juntas Arbitrales: la de mercancías y la de viajeros, cada una se compone por un Presidente, un Secretario (ambos pertenecientes a la Administración) y dos vocales, pertenecientes a las diversas entidades y asociaciones más representativas del sector del transporte de que se trate.
Las Juntas Arbitrales del Transporte, además de su función arbitral, pueden actuar como depositarias y, en algunos casos, autorizar la venta de las mercancías no retiradas, que corran riesgo de perderse por tratarse de mercancías perecederas o cuando sus portes no hubieran sido pagados.
La intervención de las Juntas es gratuita.
¿Qué puedo reclamar y cómo funciona el arbitraje de transportes?
¿Qué solicitudes o reclamaciones puedo presentar?
En relación con el transporte de mercancías podrás reclamar:
- El impago del precio y los gastos del transporte.
- Las pérdidas de mercancías, averías, o retrasos.
- El incumplimiento de tarifas.
- Las paralizaciones.
En relación con el transporte de viajeros podrás reclamar:
- Las Averías o extravíos de equipajes o encargos.
- La modificación unilateral de condiciones contractuales.
- Los daños personales durante el transporte.
- La no aplicación de descuentos (familias numerosas, etc).
- La falta de condiciones de confortabilidad de los vehículos (autobús, ferrocarril).
- El incumplimiento de los contratos de arrendamiento de vehículos.
Igualmente, también podrás hacer las siguientes solicitudes ante la Junta Arbitral correspondientes:
- Solicita el depósito de mercancías en los supuestos legalmente previstos, o en su caso, solicitar la enajenación de las mercancías no retiradas que corrieran riesgo de perderse o cuyos portes no hayan sido pagados.
- Solicitar funciones de peritación sobre mercancías transportadas.
- Solicitar información y dictámenes sobre las condiciones de cumplimiento de los contratos de transporte terrestre y de actividades auxiliares y complementarias del transporte.
¿Qué ventajas tiene el arbitraje de transportes?
Es la mejor alternativa a los Tribunales al ser un procedimiento más rápido, más cómodo y al que puedes acudir sin abogado, ni procurador. Además es gratuito y no te genera ningún gasto.
¿Es obligatorio el arbitraje de transportes?
No, pero si quieres someterte a él, debes hacerlo constar en el correspondiente contrato. Si nada se dice y la cantidad que se reclama es inferior a 15.000 € las Juntas Arbitrales serán competentes por defecto, pero si es superior no se puede acudir a ellas.
¿A qué Junta Arbitral puedo acudir?
En el contrato puede existir una cláusula de Adhesión a una Junta Arbitral concreta, ya que existen en todas las Comunidades Autónomas (por eso es muy importante leer la letra pequeña). Si no existiera esta cláusula y, recordamos, la cantidad que se reclama es inferior a 15.000 €, tendrás que acudir a la de origen o a la de destino del transporte, o bien, a la del lugar donde se haya firmado el contrato.
En cuanto a este último criterio, si el contrato se ha formalizado por internet y ha participado un usuario la normativa establece que el lugar de celebración es el domicilio de éste. Si lo han celebrado dos empresas, el lugar de celebración será el domicilio de la empresa que haya prestado el servicio de transporte de que se trate.
¿Qué posibilidades existen de oponerse al Laudo Arbitral?
Dentro de los 10 días siguientes a la notificación del laudo cualquiera de las partes puede solicitar a la Junta la corrección de cualquier error de cálculo, copia, tipográfico o similar, la aclaración de un punto o parte concreta del laudo, el complemento del mismo respecto de peticiones formuladas y no resueltas y la rectificación de la extralimitación parcial del laudo, cuando se haya resuelto sobre cuestiones no sometidas la decisión de la Junta o no susceptibles de arbitraje.
Por cuestiones formales o de procedimiento se puede también ejercitar la acción de anulación por las causas específicas que detalla la normativa de arbitraje.
Fuera de estos casos el laudo firme produce efectos de cosa juzgada y frente a él solo cabe interponer el recurso de revisión conforme a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil para las sentencias firmes.
En caso de que cualquier de las partes incumpla el laudo, la otra puede solicitar su ejecución forzosa ante el juzgado de Primera Instancia.
¿Cómo funciona el depósito de mercancías?
¿Qué es el depósito de mercancías?
Hay determinadas ocasiones en que pueden surgir impedimentos al transporte o a la entrega de las mercancías transportadas en las condiciones pactadas, cuando éstas corren riesgo de perderse o en algunos casos de impago del precio y los gastos del transporte. En estos casos las Juntas Arbitrales del Transporte pueden actuar como depositarias de las mercancías teniendo este depósito los efectos de la entrega.
¿Qué plazos hay para solicitarlo?
En caso de impago del precio del transporte u otros gastos en los que haya incurrido el porteador con ocasión de aquel, en el plazo máximo de diez días naturales desde que éste retuvo la mercancía. En el resto de casos no hay plazo máximo aunque debe solicitarse lo antes posible.
¿Dónde se depositan las mercancías?
Las mercancías se depositarán físicamente en los locales de que disponga la Junta Arbitral, y si no dispone de ellos, podrá decidir que se haga en los locales o almacenes del propio solicitante con su conformidad el cual deberá responsabilizarse de su custodia teniendo derecho a percibir por ésta labor el importe de los gastos de almacenaje. Si no hubiera disponibilidad de locales adecuados podrá denegarse el depósito.
¿Cuál puede ser el resultado final del depósito?
En cualquier momento del procedimiento las partes pueden llegar a un acuerdo, por ejemplo, haciéndose cargo de las mercancías o pagando el transporte. Si ello no ocurre se puede solicitar por el porteador la enajenación de las mercancías la cual se podrá realizar a través de subasta, venta directa o bien por persona o entidad especializada. También es posible que, al comprobar la Junta el estado de las mercancías, determine que las mismas se encuentran en mal estado para su uso o consumo acordándose su destrucción o “arrojo” sin necesidad de acordar el depósito.
Datos de interés

Competencias de las Juntas Arbitrales
- En relación con los siguientes tipos de transportes:
- De Mercancías:
- Carga completa.
- Carga fraccionada.
- Nacional o Internacional.
- Por carretera o ferrocarril.
- De Viajeros:
- Urbano (autobús, taxi, metro, ferrocarril, etc).
- Interurbano (autocar, taxi, ferrocarril, etc).
- Internacional (autocar, ferrocarril).
- Actividades auxiliares y complementarias:
- Alquiler de vehículos con y sin conductor.
- De Mercancías:
- En relación con los siguientes tipo de conflictos:
- Transporte de mercancías:
- Impago del precio y los gastos del transporte.
- Pérdidas de mercancías, averías, retrasos.
- Incumplimiento de tarifas.
- Paralizaciones.
- Transporte de viajeros:
- Averías o extravías de equipajes o encargos.
- Modificación unilateral de condiciones contractuales.
- Daños personales durante el transporte.
- No aplicación de descuentos (familias numerosas, etc).
- Condiciones de confortabilidad de los vehículos (autobús, ferrocarril).
- Incumplimiento de los contratos de arrendamiento de vehículos.
- Transporte de mercancías:
- Actuar como depositarios en los supuestos legalmente previstos y realizar, en su caso, la enajenación de las mercancías no retiradas que corrieran riesgo de perderse o cuyos portes no hayan sido pagados.
- Realizar funciones de peritación sobre mercancías transportadas.
- Información y dictámenes sobre las condiciones de cumplimiento de los contratos de transporte terrestre y de actividades auxiliares y complementarias del transporte.
Organización
- Presidente: Sr. D. Ignacio Julio Pérez Pérez
- Presidenta suplente: Sra. Dª Mª del Pilar Jiménez Herrero
- Secretario: Sr. D. Esteban Gorgojo Rubio
- Secretaria suplente: Sra. Dª Inmaculada Torres Guerra
- Vocales Junta Arbitral de Mercancías:
- Dª Nuria Lacaci Vázquez (Cargadores)
- D. Manuel López-Medel Báscones (Cargadores)
- Dª Marta Navarro García (Usuarios)
- D. Gustavo Samayoa Estrada (Usuarios)
- DªBeatriz Belinchón Díaz (Agencias de carga fraccionada)
- D. Antonio García Delgado (Agencias de carga completa)
- Dª Mª Teresa del Portillo Álvarez (Transporte nacional de mercancías)
- D. Héctor Martínez Pozo (Transporte nacional de mercancías)
- D. Miguel Ángel Fernández Crespo (Transporte nacional de mercancías)
- Dª Desirée Paseiro Rodríguez (Transporte internacional de mercancías)
- D. José Manuel Pardo Vegezzi (Transporte internacional de mercancías)
- D. Rafael Fernández Crespo (Transitarios)
- D. Cesáreo Fernández Crespo (Transitarios)
- D. Antonio Asensio Pérez (RENFE mercancías)
- Dª Margarita Muñoz-Torrero Villegas (RENFE mercancías)
- Vocales Junta Arbitral de Viajeros:
- D. Juan Manuel Muro López (Transporte público de viajeros)
- Dª Rosa Menéndez González (Transporte público y urbano en autobús de viajeros y estaciones de autobuses)
- D. Adrián Borrego Valverde (Transporte público y urbano en autobús de viajeros y estaciones de autobuses)
- D. Francisco Ferrán Viada (Transporte urbano viajeros en autobús)
- D. Julio Sanz García (Transporte público viajeros en vehículos de turismo)
- Dª Elvira García Expósito (Transporte público viajeros en vehículos de turismo)
- Dª Mª Jesús Montaño Ferrero (Transporte público viajeros en vehículos de turismo)
- Dª Mª Concepción Calvo Andrés (Arrendamiento de vehículos)
- D. Juan Ortigüela Tellería (Arrendamiento de vehículos)
- D. José Andrés Díez Herrera (Arrendamiento de vehículos)
- Dª Milagros Ayuso Ferreras (Metro de Madrid)
- D. Daniel Casado Aldana (RENFE viajeros)
- D. Mariano Santiso del Valle (RENFE viajeros)
Datos de contacto
Juntas Arbitrales de Transportes:
Email: juntas.arbitrales@madrid.org
Teléfono: 915802958
Fax: 915802912
Tramitación de solicitudes

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