
Información completa: compras en establecimientos
Una de las actividades más frecuentes que realizamos como consumidores es ir de compras.
Ya sea en el pequeño y mediano comercio de barrio, o en grandes establecimientos comerciales que agrupan gran variedad de tiendas de distinto tipo, las personas consumidoras deben tener claro conceptos relacionados con cambios y devoluciones, garantías o tiques de compra.
En el siguiente apartado encontrará una práctica guía sobre todos estos conceptos, así como información sobre las diferentes modalidades de compra: en rebajas, en promoción, saldos o liquidaciones, así como las principales características de cada tipo.
Horarios
Las Comunidades Autónomas son las competentes para regular los horarios comerciales. Es por ello que, en función de la provincia en que estemos, podemos encontrar diferencias principalmente, en cuanto a los horarios de cierre o apertura de establecimientos en días festivos.
Dentro de los límites marcados por la legislación estatal, cada comunidad autónoma puede establecer tanto los horarios máximos de apertura y cierre de los comercios, como los domingos y festivos de apertura autorizada.
En la Comunidad de Madrid, los empresarios tienen libertad para abrir sus establecimientos todos los días de la semana, fines de semana incluidos, en el horario que ellos determinen.
Precios
Todos los productos puestos a disposición del consumidor en los establecimientos y comercios deben indicar el precio de venta, con el IVA incluido, incluidos los productos que encontramos en los escaparates.
Los comerciantes tienen libertad para fijar el precio sobre los productos que venden, salvo determinadas excepciones, como en los productos de primera necesidad o los que tengan concesión administrativa como el tabaco o lotería y otros como los medicamentos o sellos donde se pueden fijar los precios máximos.
Productos: características de los precios de venta y precio por unidad de medida
Con el objetivo de mejorar la información que se ofrece a los consumidores y facilitar la comparación de precios, en todos los productos se debe indicar además de su precio, el precio por unidad de medida. El precio final debe incluir cualquier carga o impuesto, así como los descuentos que le puedan ser aplicados.
Esta información sobre precios debe estar visible a través de carteles o etiquetas, de manera claramente legible, identificable e inequívoca y visibles para el consumidor, sin necesidad de que tenga que preguntar por ella o pedirla. Estas reglas no se aplican a la venta en subasta, las antigüedades y las obras de arte.
Es el precio final del producto o de una cantidad determinada del producto, incluido el IVA y todos los demás impuestos, debe figurar en todos los productos ofrecidos por los comerciantes a las personas consumidoras.
Es el precio final, incluido el IVA y todos los demás impuestos, por kilo, litro, metro, metro cuadrado o metro cúbico del producto o una unidad de producto.
Por las características de algunos productos, existen ciertas especificaciones, para este principio. Por ejemplo, en los huevos, la unidad de medida será la docena; en productos cosméticos y complementos alimenticios la unidad de medida estará referida a 100g o 100 ml y en los detergentes para lavadoras se indicará el precio por cada lavado, en productos envasados se suele indicar el precio por kilo.
Aquel producto que no haya sido envasado previamente y se mida en presencia del consumidor.
Recuerde que...
El precio por unidad de medida se indicará en aquellos productos que vendan por peso, volumen o medida y aquellos comercializados por unidades, usándose uno como referencia de la unidad.
En el caso de los productos a granel, se debe indicar siempre el precio por unidad de medida.
En cuanto a la marcación de precios para productos congelados no envasados, como el pescado o la verdura, se deberá indicar: el precio por kilogramo de peso neto, el precio por kilogramo de peso neto escurrido y el porcentaje de glaseado (siempre que sea superior al 5%).
Consulte en el siguiente apartado los productos para los que no es necesario indicar el precio por unidad de medida:
Servicios: indicación de precios en los establecimientos
Es importante recordar que antes de contratar un servicio, como consumidor tiene derecho a conocer su precio. Por tanto, los soportes publicitarios y/o informativos deben incorporar el precio del servicio.
Los precios de los servicios deben estar a disposición del consumidor en los establecimientos donde se presten u oferten, bien mediante carteles visibles y legibles o a través de un soporte escrito.
La información sobre el precio incluirá la relación de los servicios ofertados, el precio de cada uno de ellos, con inclusión de toda carga o gravamen que les afecte; así como los descuentos que le sean aplicados en su caso y los suplementos o incrementos eventuales correspondientes a operaciones complementarias o especiales.
En aquellos servicios en los cuales se tenga que realizar un presupuesto para establecer el precio, se deberá indicar si el presupuesto se realiza de manera gratuita o si tiene un coste. En caso de que se vaya a cobrar por la realización del presupuesto, debe informarse previamente.
Aplazamiento de pago
En el caso de que se le informe sobre un producto o servicio que puede adquirir a plazos por la fórmula del aplazamiento de pago, en el momento de formalizar la oferta se les informará por escrito, como mínimo, de:
- El precio total del producto a plazos.
- El precio total de adquisición al contado.
- El número total de plazos fijados.
- La periodicidad de los plazos.
Tiques y facturas
El consumidor podrá exigir la entrega de un tique o factura como justificante de la venta realizada. Es obligatorio para todos los establecimientos entregarlo, y será necesario para cualquier cambio, devolución, garantía o reclamación.
Principales elementos que contiene un tique y una factura:
Tique
Por norma general, el tique o factura simplificada se nos entrega cuando compramos productos como justificante de nuestras adquisiciones. También solemos recibir un tique cuando visitamos un restaurante o para determinados servicios, como ir a la peluquería o a la tintorería.
En él deben aparecer los siguientes datos:
- Número y serie correlativa
- Fecha de la operación
- Datos del comerciante, su nombre, NIF.
- Descripción del servicio/ Desglose de cada artículo o servicios prestados
- Precio total, con IVA incluido. Y descuentos en caso de que existan.
- En ocasiones aparece la forma de pago (tarjeta o en efectivo)
Los comerciantes pueden expedir tiques en ventas hasta un importe de 3.000 euros, para determinadas compras. A partir de esa cifra, deberán entregarle una factura de compra.
Entre los supuestos incluidos para expedir tiques se encuentran todas las ventas al por menor, servicios de hostelería, peluquería o tintorerías, así como el uso de instalaciones deportivas o el aparcamiento de vehículos.
Factura
Es habitual que nos ofrezcan facturas en el momento en el que un servicio que hayamos contratado finalice, como, por ejemplo, una reforma en la vivienda o un curso de idiomas. También son muy habituales las facturas en los suministros básicos de la vivienda, como la luz o el gas y en telefonía.
En él deben aparecer los siguientes datos:
- Número de factura.
- Nombre, domicilio, número de identificación fiscal y número de teléfono de la empresa, así como el número de registro empresarial.
- Fecha de la factura.
- Datos del cliente.
- Descripción del servicio realizado.
- Precio total, con IVA incluido. Y descuentos en caso de que existan.
- Fecha y firma del prestador del servicio y del cliente.
A diferencia del tique, en la factura aparecen los datos del emisor y el receptor de la misma. Además, en el caso de las facturas periódicas, deberá aparecer el periodo por el que nos facturan.
En función del tipo de servicio que se realice, la factura puede contener otros elementos específicos. Por ejemplo, en servicios de reformas en casa, debe contener leyendas específicas con referencias a los materiales presupuestados, en servicios de reparaciones, el periodo y las condiciones de garantía o en la factura del teléfono debe llevar un detalle de todas las llamadas realizadas.
Recuerde que...
El tique o factura sirve de prueba de que hemos comprado un producto o realizado un servicio, por lo que es fundamental para poder reclamar o exigir que se ejecute la garantía.
Es conveniente que guarde los tiques y facturas de los productos que compra, como mínimo, durante el periodo de garantía. Así como el tique de las prendas de ropa que normalmente se llevan a la tintorería.
Revise siempre el tique de compra o la factura para confirmar que no ha habido errores en el precio, que los productos que aparecen son los que ha comprado o que no le cobran por servicios no solicitados.
Puede solicitar, además del tique, que le emitan una factura de productos o servicios. En este sentido, es conveniente solicitar factura para aquellos productos de vida larga como los electrodomésticos o los muebles, ya que así evitaremos que el tique se pueda borrar con el tiempo.
Si pierde el tique o la factura, es conveniente que se ponga en contacto con el establecimiento donde lo compró por si pueden hacerle un duplicado.
Devoluciones
Como regla general, los establecimientos no están obligados a cambiar el producto ni a devolvernos el dinero, aunque la mayoría lo hagan, por política comercial.
Sólo podemos pedir el cambio:
Los establecimientos que acepten libremente la devolución de artículos no defectuosos podrán determinar las condiciones y plazos de devolución. Por ello, antes de comprar, es importante que nos informemos de las posibilidades de devolución y de las condiciones.
No obstante, aún cuando admita la devolución de los productos, el establecimiento puede excluir algunas prendas como la ropa interior, los artículos de higiene, los vestidos de fiesta o los objetos que puedan ser reproducidos o copiados (libros, discos, cds, dvds).
Cuando nos reconozcan el derecho a la devolución de un producto, el consumidor que solamente lo haya probado, sin alterar sus condiciones, no tiene obligación de indemnizar al vendedor por el desgaste o deterioro que haya podido ocasionar.
Bolsas de plástico
Desde julio de 2018, las bolsas de plástico que se adquieren en establecimientos, superficies comerciales, venta online o entregas a domicilio dejaron de ser gratuitas para los consumidores. Así lo estableció la legislación, que pretende reducir el consumo de estos artículos y sensibilizar a los ciudadanos sobre su uso.
Desde enero de 2020, las bolsas de plástico de más de 50 micras contienen un mínimo de 50% de plástico reciclado.
Desde enero de 2021, las únicas bolsas de plásticos que podrán ser suministradas al consumidor en un comercio son las bolsas que sean compostables y que sean ligeras (menos de 50 micras de espesor) o muy ligeras (menos de 15 micras de espesor).
Los comerciantes deben informar a los consumidores sobre los importes establecidos para las bolsas, exponiéndolos en un lugar visible y accesible para los ciudadanos. En este sentido, se han establecido unos valores orientativos para el precio de las bolsas:
- Cinco céntimos para las bolsas de espesor inferior a 15 micras.
- Diez céntimos para las bolsas de plástico igual o superior a 50 micras que estén compuestas en un 50-70% por plástico reciclable.
- Quince céntimos para bolsas de espesor entre 15 y 49 micras.
- Son gratuitas las bolsas de plástico muy ligeras (inferiores a 15 micras), que son necesarias por razones de higiene o que se suministran para los alimentos a granel como la fruta, la carne o el pescado y las bolsas de plástico compuestas en más de un 70% de plástico reciclado.
Están prohibidas las bolsas de plástico fragmentable, esto es, las fabricadas con materiales plásticos que incluyen aditivos que suponen un alto impacto ambiental.
Garantías
La garantía protege al consumidor frente al mal funcionamiento que puedan sufrir los productos que haya comprado, y cuyo origen sea un defecto de fabricación. La garantía se aplica sobre los bienes de consumo de naturaleza duradera, tanto nuevos como de segunda mano (electrodomésticos, vehículos, muebles). Para poder hacer efectiva la garantía, es necesario presentar la factura, el tique o resguardo de compra del producto adquirido.
El periodo para poder ejecutarla es de tres años o de dos años en el caso de contenidos o servicios digitales. Para los productos de segunda mano, se puede pactar un plazo menor que no podrá ser inferior a un año. Adicionalmente a esta garantía legal, lo comerciantes pueden ofrecer una garantía comercial, que se podrá reclamar hasta pasados 6 meses desde su finalización.
Consulte más información sobre garantías de los productos en el siguiente enlace.
Rebajas, saldos o promociones: modalidades de compra
Los periodos de rebajas, las ventas con obsequio, las ventas de promoción, las liquidaciones o la compra de saldos, son distintas modalidades de venta que pueden ofrecernos los establecimientos. Todas ellas tienen unas características específicas y unos requisitos que deben cumplir.
Reclamaciones
Si tiene algún problema con una compra realizada en un establecimiento, puede reclamar presentando una reclamación, ya sea de manera presencial, en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana a su domicilio, en la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid, o través de internet.
Fecha de actualización: 3 de abril de 2024