¿Qué es la tecnología ‘contactless’ o pago sin contacto?
Cada vez es más común el uso de las conocidas como tarjetas ‘contactless’, un tipo de tecnología de comunicación sin contacto que permite pagar con tan sólo acercar la tarjeta a la terminal de venta. En el siguiente reportaje del Portal del Consumidor, le contamos en qué consisten y qué deben saber las personas consumidoras de cara a su utilización.
La seguridad en estos pagos electrónicos está regulada por la Directiva PSD2, de la que se deriva la Directiva (EU) 2015/2366, de servicios de pago, y que fue implementada en España a través del Real Decreto Ley 19/2018 de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
Esta normativa europea nació para reforzar la seguridad de los pagos electrónicos en toda la Unión Europea y para regular el acceso a nuestros datos bancarios por parte de terceros.
La Directiva trata principalmente sobre dos bloques: el acceso a los datos bancarios de los consumidores por parte de terceros (otros bancos o compañías) y los pagos electrónicos.
Pagos con ‘contactless’
Las tarjetas sin contacto usan la tecnología NFC (Near Field Communications) para realizar cualquier operación de compra. Se trata de un sistema inalámbrico de corto alcance, que permite que dos dispositivos que estén a pocos centímetros puedan transmitirse información entre sí, en este caso, datos para autorizar un pago. De esta forma, ya no es necesario introducir una tarjeta en un terminal de venta para realizar la operación, sino que es suficiente con estar a unos centímetros de la terminal para poder efectuar la transacción.
Una de las ventajas que ofrece este sistema es la rapidez, ya que para compras inferiores a 50 euros permite realizar el pago sin necesidad de introducir el código PIN, además de que las terminales solo necesitan un segundo para identificar la tarjeta y proceder al cobro.
Seguridad
Esta facilidad e inmediatez en el pago ha provocado algunos recelos sobre la seguridad. Sin embargo, son varios los motivos por los que este sistema ofrece garantías a las personas consumidoras:
- Para que un pago pueda efectuarse, es necesario que exista un terminal de venta conectado, con cobertura y con tecnología ‘contactless’.
- Para poder realizar un cobro en su tarjeta, el vendedor tiene que marcar previamente la cantidad de dinero de la operación en el terminal.
- Ningún pago se realiza si la tarjeta ‘contactless’ no está a una distancia de unos centímetros del terminal de venta.
Además, usted puede reforzar la protección sobre su uso, adoptando algunas medidas de seguridad:
- Contrate con su entidad bancaria un servicio que le permita recibir una alerta SMS cada vez que se realice una transacción a través de su tarjeta.
- Descárguese la aplicación móvil de su entidad bancaria. Le incluirá de forma automática notificaciones instantáneas relativas a distintas operaciones, entre ellas, cada vez que se realice un pago con su tarjeta.
- Puede pedir a su entidad que aplique a su tarjeta algún tipo de limitación al número de compras inferiores a 50 euros en un corto espacio de tiempo.
- También que active la obligación de teclear el PIN en todas las operaciones con su tarjeta, incluso las que realice en modo ‘contactless’ en pagos de menos de 50 euros.
Reclamaciones
Si quiere realizar alguna reclamación que tenga que ver con tarjetas bancarias, puede dirigirse, al Servicio de Atención al Cliente de su entidad bancaria y presente su reclamación por escrito. Si no le responden en un plazo de un mes o la respuesta no le satisface, puede dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
Si la reclamación es sobre un cobro indebido o sobre problemas que afecten a sus derechos como consumidores puede presentar una reclamación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana a su domicilio, en la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid o a través de internet.
Para más información, consulte el siguiente reportaje sobre uso de tarjetas bancarias.
Fecha de actualización: 11 de mayo de 2023