
Información pública en materia de Industria, Energía y Minas
Aquí podrá consultar los expedientes sometidos a información pública de aquellas actividades cuya competencia corresponde a la Dirección General de Promoción Económica e Industrial.
La Dirección General de Promoción Económica e Industrial ha promovido este apartado en la página web institucional de la Comunidad de Madrid, al objeto de facilitar el acceso del público en general, así como del resto de Administraciones Públicas, a la documentación referente a expedientes de su competencia que se encuentran sometidos al trámite de información pública estando accesible a través de los siguientes enlaces:
PROYECTOS MINEROS SOMETIDOS A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE EXPLOTACIONES MINERAS
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para el caso de actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental ordinaria incluidas en su artículo 7 y anexo I, cuya competencia como órgano sustantivo es de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, el promotor presentará ante dicho órgano el proyecto y el estudio de impacto ambiental para su sometimiento a información pública por un periodo no inferior a 30 días, de forma que puedan examinarse y formularse las alegaciones que se estimen oportunas al respecto. El período de información pública se anuncia en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Los documentos para cada Proyecto y Estudio de Impacto Ambiental estarán disponibles para su consulta dentro del plazo que se indique en el anuncio correspondiente del BOCM en los siguientes espacios:
- En esta página web
- En la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid –subdirección o área correspondiente, lo cual será indicado en cada caso concreto.
Se podrán formular alegaciones durante la fase de información pública dirigidas a la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Área de Minas e Instalaciones de Seguridad) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales en ejercicio de una actividad que requiera colegiación obligatoria, empleados públicos que actúen por razón de su condición, colectivos de personas físicas reglamentariamente obligados a relacionarse por medios electrónicos, …), en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.
Aquí podrá consultar durante el periodo de información pública los proyectos y estudios de impacto ambiental relacionados con EXPLOTACIONES MINERAS. Así mismo, también podrá tomarse vista en este acto del Plan de Restauración del Espacio Natural afectado por labores mineras.
De acuerdo con el artículo 6.1 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio (Presidencia), sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, con objeto de evitar duplicidad de procesos y documentos, cuando la realización del proyecto de investigación o de aprovechamiento de recursos minerales requiera llevar a cabo un trámite de información pública por estar sometido a un proceso de evaluación ambiental ordinaria conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, dicho trámite comprenderá también la participación pública en relación con el Plan de restauración que, de acuerdo con el artículo 4 del citado Real Decreto, debe presentarse con carácter previo al otorgamiento de la preceptiva autorización, permiso o concesión necesaria para el aprovechamiento de los recursos minerales.
Serán objeto de evaluación ambiental ordinaria y, por tanto, de información pública según lo establecido en el artículo 36 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, los proyectos y estudios de impacto ambiental indicados en el artículo 7 y anexo I:
a) Los comprendidos en el anexo I (indicados a continuación), así como los proyectos que, presentándose fraccionados, alcancen los umbrales del anexo I mediante la acumulación de las magnitudes o dimensiones de cada uno de los proyectos considerados.
b) Los proyectos que sean objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada, cuando así lo decida caso por caso el órgano ambiental, en el informe de impacto ambiental de acuerdo con los criterios del anexo III.
c) Cualquier modificación de las características de un proyecto consignado en el anexo I o en el anexo II, cuando dicha modificación cumple, por sí sola, los umbrales establecidos en el anexo I.
d) Los proyectos objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada, cuando así lo solicite el promotor
Anexo I: Grupo 2. Industria extractiva.
a) Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y normativa complementaria, cuando se dé alguna de las circunstancias siguientes:
1. Explotaciones en las que la superficie de terreno afectado supere las 25 ha.
2. Explotaciones que tengan un movimiento total de tierras superior a 200.000 metros cúbicos anuales.
3. Explotaciones que se realicen por debajo del nivel freático, tomando como nivel de referencia el más elevado entre las oscilaciones anuales, o que pueden suponer una disminución de la recarga de acuíferos superficiales o profundos.
4. Explotaciones de depósitos ligados a la dinámica actual: fluvial, fluvio-glacial, litoral o eólica. Aquellos otros depósitos y turberas que por su contenido en flora fósil puedan tener interés científico para la reconstrucción palinológica y paleoclimática. Extracción de turba, cuando la superficie del terreno de extracción supere las 150 ha.
5. Explotaciones visibles desde autopistas, autovías, carreteras nacionales y comarcales, espacios naturales protegidos, núcleos urbanos superiores a 1.000 habitantes o situadas a distancias inferiores a 2 km de tales núcleos.
6. Explotaciones de sustancias que puedan sufrir alteraciones por oxidación, hidratación, etc., y que induzcan, en límites superiores a los incluidos en las legislaciones vigentes, a acidez, toxicidad u otros parámetros en concentraciones tales que supongan riesgo para la salud humana o el medio ambiente, como las menas con sulfuros, explotaciones de combustibles sólidos, explotaciones que requieran tratamiento por lixiviación in situ y minerales radiactivos.
7. Extracciones que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, se sitúen a menos de 5 km de los límites del área que se prevea afectar por el laboreo y las instalaciones anexas de cualquier explotación o concesión minera a cielo abierto existente.
Los proyectos, estudios de impacto ambiental y Planes de restauración en periodo de información pública de las explotaciones mineras que cumplan esos requisitos se pueden consultar en el área de descarga de esta ficha. Durante el plazo que se indica en el correspondiente anuncio en el B.O.C.M. se podrán efectuar las alegaciones motivadas que se consideren oportunas.
Tales alegaciones deberán dirigirse a la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Área de Minas e Instalaciones de Seguridad) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales en ejercicio de una actividad que requiera colegiación obligatoria, empleados públicos que actúen por razón de su condición, colectivos de personas físicas reglamentariamente obligados a relacionarse por medios electrónicos,...), en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.
Actualmente en el área de descarga puede encontrar los siguientes proyectos, planes de restauración y estudios de impacto ambiental anunciados en el B.O.C.M.:
Proyecto técnico, estudio de impacto ambiental y plan de restauración correspondientes al proyecto de autorización de la explotación de recursos de la sección A) caliza, denominada “EL ALTO" en el término municipal de Morata de Tajuña (Madrid), cuyo promotor es CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A.































PLANES DE RESTAURACIÓN DEL ESPACIO NATURAL AFECTADO POR EXPLOTACIONES MINERAS
PLANES DE RESTAURACIÓN (cuyo trámite de información pública no se encuentra comprendido en otro procedimiento).
De acuerdo en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y de rehabilitación del espacio natural afectado por actividades mineras, La Dirección General de Industria, Energía y Minas dentro del procedimiento de autorización del plan de restauración abre un período de información pública de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, durante los cuales cualquier persona interesada podrá acceder a la documentación.
PERMISOS DE INVESTIGACIÓN
PERMISOS DE INVESTIGACIÓN DE RECURSOS DE LA SECCIÓN C) y D)
El artículo 70 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, establece que una vez cumplidos los trámites establecidos en su artículo 66 se declarará la admisión definitiva de la solicitud del permiso de investigación y se abrirá un período de información pública de la misma.
Los datos más relevantes sobre dicha solicitud estarán disponibles para su consulta en el plazo que se indique en el anuncio correspondiente, contados a partir del día siguiente a la última de las publicaciones, bien en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» o en el «Boletín Oficial del Estado» en los siguientes espacios:
- En esta página web
- En la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid –subdirección o área correspondiente, lo cual será indicado en cada caso concreto.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 6 del R.D. 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades mineras, se somete a información pública el correspondiente Plan de Restauración.
Declaración de la admisión definitiva del permiso de investigación denominado "DEMETER" solicitado por CLARIANT IBÉRICA PRODUCCIÓN,S.A., en el término municipal de Valdemoro y su plan de restauración.
Declaración de la admisión definitiva del permiso de investigación denominado "Navazarza I" solicitado por PRIMILLA 2000, S.L., en los términos municipales de Santa Cruz del Retamar y Almorox (Toledo) y Villa del Prado (Madrid) y su plan de restauración.
Declaración de la admisión definitiva del permiso de investigación denominado "Navazarza II" solicitado por PRIMILLA 2000, S.L., en los términos municipales de Santa Cruz del Retamar y Almorox (Toledo) y Villa del Prado (Madrid) y su plan de restauración.
Declaración de la admisión definitiva del permiso de investigación denominado "Estremera" solicitado por SAINT-GOBAIN PLACO IBÉRICA, S.A., en los términos municipales de Estremera, Fuentidueña de Tajo y Vadaracete (Madrid) y su plan de restauración.
ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
INSTALACIONES ELÉCTRICAS
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para el caso de actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental ordinaria incluidas en su artículo 7 y anexo I, cuya competencia como órgano sustantivo es de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, el promotor presentará ante dicho órgano el proyecto y el estudio de impacto ambiental para su sometimiento a información pública por un periodo no inferior a 30 días, de forma que puedan examinarse y formularse las alegaciones que se estimen oportunas al respecto. El período de información pública se anuncia en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Los documentos para cada Proyecto y Estudio de Impacto Ambiental estarán disponibles para su consulta dentro del plazo que se indique en el anuncio correspondiente del BOCM en los siguientes espacios:
- En esta página web
- En la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid –subdirección o área correspondiente, lo cual será indicado en cada caso concreto.
Se podrán formular alegaciones durante la fase de información pública dirigidas a la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Área de Minas e Instalaciones de Seguridad) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales en ejercicio de una actividad que requiera colegiación obligatoria, empleados públicos que actúen por razón de su condición, colectivos de personas físicas reglamentariamente obligados a relacionarse por medios electrónicos, …), en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.
Aquí podrá consultar durante el periodo de información pública los proyectos y estudios de impacto ambiental relacionados con INSTALACIONES ELECTRICAS.
De acuerdo con lo indicado en el artículo 7 y anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, serán objeto de evaluación ambiental ordinaria y, por tanto, de información pública según lo establecido en el artículo 36 de la citada ley, entre otros, los proyectos y estudios de impacto ambiental relativos a:
a) Los comprendidos en el anexo I, así como los proyectos que, presentándose fraccionados, alcancen los umbrales del anexo I mediante la acumulación de las magnitudes o dimensiones de cada uno de los proyectos considerados.
b) Los proyectos que sean objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada, cuando así lo decida caso por caso el órgano ambiental, en el informe de impacto ambiental de acuerdo con los criterios del anexo III.
c) Cualquier modificación de las características de un proyecto consignado en el anexo I o en el anexo II, cuando dicha modificación cumple, por sí sola, los umbrales establecidos en el anexo I.
d) Los proyectos objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada, cuando así lo solicite el promotor.
Anexo I
Grupo 3. Industria energética
g) Construcción de líneas de transmisión de energía eléctrica con un voltaje igual o superior a 220 kV y una longitud superior a 15 km, salvo que discurran íntegramente en subterráneo por suelo urbanizado, así como sus subestaciones asociadas.
i) Instalaciones para la utilización de la fuerza del viento para la producción de energía (parques eólicos) que tengan 50 o más aerogeneradores, o que tengan más de 30 MW o que se encuentren a menos de 2 km de otro parque eólico en funcionamiento, en construcción, con autorización administrativa o con declaración de impacto ambiental.
j) Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar destinada a su venta a la red, que no se ubiquen en cubiertas o tejados de edificios existentes y que ocupen más de 100 ha de superficie.
Grupo 9. Otros proyectos.
a) Los siguientes proyectos cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:
6.º Líneas para la transmisión de energía eléctrica cuyo trazado afecte a los espacios naturales considerados en este artículo con una longitud superior a 3 km, excluidas las que atraviesen zonas urbanizadas
8.º Instalaciones para la producción de energía hidroeléctrica.
18.º Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar destinada a su venta a la red, que no se ubiquen en cubiertas o tejados de edificios existentes y que ocupen una superficie de más de 10 ha.
Los proyectos y estudios de impacto ambiental en periodo de información pública de las INSTALACIONES ELECTRICAS que cumplan esos requisitos se pueden consultar en el área de descarga de esta ficha. Durante el plazo que se indica en el correspondiente anuncio en el B.O.C.M. se podrán efectuar las alegaciones motivadas que se consideren oportunas.
Tales alegaciones se presentarán mediante escrito dirigido al ÁREA DE INSTALACIONES ELECTRICAS de la DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS a través del Registro de la propia Dirección General situado en la calle Ramírez de Prado 5 bis - 28045 Madrid o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Actualmente en el área de descarga puede encontrar los siguientes proyectos y estudios de impacto ambiental anunciados en el B.O.C.M.:
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL PROYECTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA FOTOVOLTAICA NAVARREDONDA CON 3 LÍNEAS, 8 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Y UNA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
–COLMENAR DE OREJA-













PROCEDIMIENTO ORDINARIO
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL PROYECTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA FOTOVOLTAICA VILLAMANRIQUE I CON 8 LÍNEAS, 7 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Y UNA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
–VILLAMANRIQUE DE TAJO-



































PROCEDIMIENTO ORDINARIO
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL PROYECTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA FOTOVOLTAICA VILLAMANRIQUE II CON 4 LÍNEAS Y 4 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
–VILLAMANRIQUE DE TAJO-
















PROCEDIMIENTO ORDINARIO
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL PROYECTO PARA LA REFORMA DE LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA 20 kV CIRCUITO “5240-08-MANZANARES”
–MANZANARES EL REAL-














PROCEDIMIENTO ORDINARIO
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL PROYECTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA FOTOVOLTAICA GR COLIMBO CON 2 LÍNEAS Y 9 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
–TORREMOCHA DE JARAMA-
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL PROYECTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS PLANTAS FOTOVOLTAICAS EL PLATO Y LA YEGUA Y 1 SUBESTACIÓN
–POZUELO DEL REY, CAMPO REAL y LOECHES-
























