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Aprobación: 02/12/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 2 de diciembre de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto por J.S.B.F., contra la Resolución de la Dirección General de Transportes, de fecha 12 de julio de 2006, recaída en el expediente sancionador aaa.Conclusión: El recurso debiera haberse tramitado como ordinario por no ser firme la resolución recurrida. La deficiente notificación del procedimiento sancionador ha viciado de anulabilidad el mismo. No obstante, la infracción ha prescrito y se hace ineficaz una eventual subsanación de la anulabilidad producida.

Aprobación: 18/11/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, emitido por unanimidad, de 18 de noviembre de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto por M.E. contra la Resolución del Director General de Transportes de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se le imponía un sanción de 4.600 euros por la infracción muy grave prevista en el artículo 140.19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres ( LOTT).Conclusión: El recurso extraordinario de revisión debe de ser desestimado, al no incurrir en ningún error de hecho de los tasados en el artículo 118.1 LRJ-PAC.

Aprobación: 18/11/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 18 de noviembre de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto frente a la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras de 11 de febrero de 2009 por la que se desestima recurso de alzada y se confirma la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 21 de julio de 2008, recaída en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión debe estimarse al amparo de la causa primera del artículo 118.1 de la LRJ-PAC, en los términos manifestados en el considerando de derecho tercero.

Aprobación: 18/11/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 18 de noviembre, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto frente a la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras de 14 de octubre de 2008 y la Resolución de la Dirección General de Transportes de 28 de mayo de 2008, recaída en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión debe ser estimado por concurrir la causa establecida en el artículo 118.1.1ª LRJ-PAC.

Aprobación: 11/11/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 11 de noviembre de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre el recurso extraordinario de revisión contra la Resolución de la Dirección General de Transportes de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de 13 de marzo de 2007, recaída en el expediente sancionador nº aaa.Conclusión: No puede prosperar el recurso extraordinario de revisión, sin perjuicio de las facultades de revocación en los términos previstos en el art. 105.1 LRJ-PAC.

Aprobación: 11/11/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 11 de noviembre de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto por R.R.G.H., contra la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras, de fecha 10 de diciembre de 2007, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Transportes, de 21 de agosto de 2007, recaída en expediente sancionador.Conclusión: Procede desestimar el recurso extraordinario de revisión.

Aprobación: 16/09/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 16 de septiembre de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto por A contra la Orden de 21 de febrero de 2008 de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto por dicha empresa frente a la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 17 de septiembre de 2007, recaída en el expediente sancionador nº aaa, imponiéndole sanción de 1.501 euros por comisión de infracción grave consistente en no haber realizado la revisión periódica obligatoria del aparato tacógrafo.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión debe ser estimado.

Aprobación: 03/09/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 3 de septiembre de 2009, sobre la consulta formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, en relación al proyecto de convenio de cooperación entre la Comunidad de Madrid y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la renovación de la utilización de los títulos de abono transportes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid en los desplazamientos entre ambas Comunidades.

Aprobación: 03/06/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 3 de junio de 2009, emitido ante la consulta formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión contra Resolución de 19 de mayo de 2008, desestimatoria del recurso de alzada dictada en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión debe ser estimado al amparo de la causa primera del artículo 118.1 LRJ-PAC.

Aprobación: 03/06/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 3 de junio de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto por la entidad A, en adelante “la empresa”, contra la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras, de fecha 18 de junio de 2008, por la que se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Transportes, recaída en expediente sancionador.Conclusión: Procede estimar el recurso extraordinario de revisión y, en consecuencia, anular la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras, de 18 de junio de 2008, que declara la inadmisión, por extemporáneo, del recurso de alzada interpuesto, debiendo resolver éste.

Aprobación: 27/05/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 27 de mayo de 2009, a solicitud del Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por A.A.A., en solicitud de indemnización en cuantía de 22.320 € por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del accidente de circulación que tuvo el día 31 de enero de 2007 en la carretera M-305, y que atribuye a la presencia de una placa de hielo en la calzada.

Aprobación: 27/05/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 27 de mayo de 2009,emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre revisión de oficio de la Orden de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de 13 de marzo de 2008 y la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 20 de septiembre de 2007, recaída en expediente sancionador.Conclusión: No procede la revisión de oficio, sin perjuicio de que se haga uso de la facultad de revocación prevista en el artículo 105.1 LRJ PAC.

Aprobación: 27/05/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 27 de mayo de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto por el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, contra la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras, de fecha 19 de mayo de 2008, y la Resolución de la Dirección General de Carreteras, de 5 de noviembre de 2007, recaída en expediente sancionador nº aaa.Conclusión: Que procede desestimar el recurso extraordinario de revisión, sin perjuicio de que la Administración pueda proceder en los términos que se exponen "in fine" en el presente dictamen.

Aprobación: 27/05/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 27 de mayo de 2009, sobre consulta formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, en el asunto promovido por la representación de A sobre responsabilidad patrimonial de la Comunidad de Madrid por las supuestas pérdidas en su negocio de aparcamiento de uso público con acceso desde las calles B y C, ocasionadas como consecuencia de las obras de construcción del Intercambiador de Transportes de la Plaza de Castilla.

Aprobación: 04/03/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 4 de marzo de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto frente a la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 12 de febrero de 2007, recaída en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión debe ser estimado al amparo de la causa primera del artículo 118.1 de la LRJ-PAC.

Aprobación: 04/03/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 4 de marzo de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto frente a la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras de 24 de junio de 2008 por la que se desestima recurso de alzada y se confirma la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 28 de diciembre de 2007, recaída en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión no puede estimarse al amparo de la causa primera ni segunda del artículo 118.1 de la LRJ-PAC. Sin perjuicio de lo anterior, la Administración puede revocar la resolución sancionadora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.1 LRJ-PAC.

Aprobación: 25/02/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 25 de febrero de 2009, sobre consulta formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, en el asunto promovido por A y después B en reclamación de indemnización, por supuestos daños atribuidos a la Dirección General de Carreteras, por los informes emitidos en el expediente calificación urbanística para la instalación de una estación de servicio en la parcela aaa del polígono bbb del catastro de rústica, en el término municipal de Paracuellos del Jarama, tramitado ante la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Aprobación: 25/02/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 25 de febrero de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto frente a la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras de fecha 24 de junio de 2005 por la que confirma la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 20 de septiembre de 2004, recaída en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión no puede ser estimado, sin perjuicio de que pueda ser objeto de revocación en los términos previstos en el artículo 105.1 LRJ-PAC.

Aprobación: 25/02/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 25 de febrero de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto frente a la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras de fecha 2 de agosto de 2006 por la que confirma en parte la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 21 de noviembre de 2005, recaída en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión puede ser estimado al amparo de la causa primera del artículo 118.1 de la LRJ-PAC.

Aprobación: 25/02/2009

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 25 de febrero de 2009, emitido ante la solicitud formulada por el Consejero de Transportes e Infraestructuras, sobre recurso extraordinario de revisión interpuesto frente a la Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras de fecha 22 de noviembre de 2007 por la que confirma en parte la Resolución de la Dirección General de Transportes de fecha 4 de octubre de 2006, recaída en expediente sancionador.Conclusión: El recurso extraordinario de revisión puede ser estimado al amparo de la causa primera del artículo 118.1 de la LRJ-PAC.
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