Resolución número 154/2024
Estimación. Certificados de calidad falsos.
Estimación. Certificados de calidad falsos.
Reclamación contra licitador propuesto como adjudicatario, Estimación. El requerimiento para presentar la documentación concerniente al artículo 150.2 de la LCSP no fue correcta. Retroacción de actuaciones par practicar nuevo requerimiento.
Modificación de oferta:. Existiendo cierta oscuridad en el PCPA sobre si formular la oferta por una anualidad o por el total del contrato/presupuesto base de licitación, ambos licitadores lo efectúan de forma anual. No obstante informan al órgano de contratación previamente a la apertura de ofertas de que su propuesta esta formulada anualmente. La mesa de contratación excluye las ofertas por inadmisibles no procediendo a aceptar la información previa de los licitadores.
A los efectos de acreditar la solvencia técnica el PCAP no determina qué se entiende por servicios de igual o similar naturaleza, por lo que hay que estar a lo previsto en el artículo 90.1.a) segundo párrafo de la LCSP que indica que en defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Además, cuando el órgano de contratación solicite al licitador propuesto como adjudicatario la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos (artículo150.2 LCSP) y la presentada se considerase insuficiente, hay que concede
Estimación. No es de aplicación el artículo 84 del RLCAP. La Mesa sabe cuál es la oferta por los Pliegos, que determinan que la oferta es sin gastos generales ni beneficio industrial.
Estimación. Inexistencia error material en la revisión de la primera adjudicación.
Competencia del Tribunal para conocer recurso de PANAP que actúa en sectores especiales, pero que por cuantía, no se le aplica el RDLCSE. Estimación de recurso contra pliegos de servicio de ingeniería, a los que se reconoce carácter intelectual, no respetando 51% criterios calidad (artículo 145.4 LCSP)
Se recurre la adjudicación y exclusión del recurrente por no justificar su oferta incursa en presunción de valores. Alega que el informe no llega a la conclusión de que su oferta resulte inviable, limitándose a confirmar que presenta valores presuntamente anormales.Se estima el recurso
Se recurre la adjudicación y exclusión del recurrente por no justificar su oferta incursa en presunción de valores anormales. Alega que el informe no llega a la conclusión de que su oferta resulte inviable, limitándose a confirmar que presenta valores presuntamente anormales.Se estima el recurso
Se recurre la adjudicación y exclusión del recurrente por no justificar su oferta incursa en presunción de valores anormales. Alega que el informe no llega a la conclusión de que su oferta resulte inviable, limitándose a confirmar que presenta valores presuntamente anormales.Se estima el recurso