Resolución número 017/2023
Inadmisión por falta de legitimación.
Inadmisión por falta de legitimación.
Alega el recurrente que el adjudicatario estaba incurso en baja temeraria y, sin embargo, no se ha tramitado el procedimiento contradictorio establecido en el artículo 149.4 de la LCSP. Revisado el expediente de contratación se constata que se ha realizado el procedimiento de referencia. Se desestima el recurso.
Desestimación. El recurrente parte de premisa errónea para manifestar incumplimiento prescripciones técnicas, pues las máquinas ofertadas no son de la marca recogida en el recurso. Se deniega acceso a expediente por no cumplir requisitos artículo 52 LCSP.
Estimación. Se anulan pliegos por incluir un criterio de adjudicación consistente en una solución informática no relacionado con el objeto del contrato, que es el suministro de material médico fungible.
Inadmisión por extemporáneo.
Estimación. La ficha técnica del sobre 1 es subsanable. No afecta a la oferta.
Allanamiento del órgano de contratación. Estimación para que vuelvan a valorar el cumplimiento de las prescripciones técnicas.
Se excluye al recurrente por no acreditar la solvencia técnica. Desestimación del recurso, no cumple de acuerdo con lo establecido en el PCAP.
La firma manual en lugar de la digital en alguno de los documentos que conforman una oferta, no es causa de exclusión de la oferta mientras no lo establezca el PCAP. La correcta identificación del firmante manualmente se efectuará en el tramite establecido en el artículo 150.2 de la LCSP. No obstante, se deberá poner en conocimiento del órgano de contratación la razón por la que no se ha suscrito el documento digitalmente.
Recurso contra adjudicación del contrato por incumplimiento de las prescripciones técnicas del primer y segundo clasificado. El segundo clasificado cumple las prescripciones del pliego, siendo ajustada a derecho su admisión. Inadmisión del recurso sobre las pretensiones del primer clasificado por falta de legitimación.