Resolución número 059/2025
Allanamiento. Tras la revisión de la oferta, se consideran cumplidas las prescripciones técnicas cuya errónea valoración determinó la exclusión.
Allanamiento. Tras la revisión de la oferta, se consideran cumplidas las prescripciones técnicas cuya errónea valoración determinó la exclusión.
Lex contractus. Vinculación de los pliegos. Imposibilidad de considerar documentación aportada en sede del recurso especial. Se recurre la exclusión por no ajustarse su oferta a las condiciones técnicas mínimas exigidas los pliegos. Se han identificado diferentes motivos. Por un lado el recurrente sostiene que ha aportado un certificado de compatibilidad en el que se indica que se cumple la ISO 11608-1:2022 exigiéndose el certificado ISO y no un certificado de compatibilidad.
Lex Contractus. Cumplimiento de prescripciones técnicas. Se recurre la exclusión por incumplimiento de las prescripciones técnicas, la recurrente aportó un informe técnico que el órgano de contratación considera no valida dado que lo que se pide es una certificado acreditativo de cumplimiento de la UNE-EN ISO 11608-1:2022 o equivalente. El Tribunal considera que no puede estimarse la pretensión del recurrente de que valga la declaración del fabricante de la compatibilidad de las agujas en la medida en que el PPT exige un certificado de un organismo externo acreditativo de dicho extremo
Requisitos formales presentación de oferta. Presentación extemporánea de la oferta. Las ofertas han de presentarse en el plazo otorgado y la consecuencia de su incumplimiento es la inadmisión de las misma, salvo en aquellos supuestos que se acredite que la causa no es imputable al licitador.
Inadmisión por cuantía. El V.E del contrato es de 72.889 euros y por lo tanto con un valor estimado inferior a cien mil euros, por lo que contra el citado contrato no cabe recurso especial en materia de contratación según el artículo 44 apartados 1.a) LCSP
Impugnación indirecta de los pliegos. El recurrente es excluido del procedimiento de licitación por incumplimiento de prescripciones técnicas. Una vez adjudicado el contrato impugna las prescripciones técnicas contenidas en el pliego. Se desestima el recurso pues en este momento procedimental no procede la impugnación de los pliegos, además al haber presentado oferta aceptó el contenido de los mismos.
Criterios de valoración. Valoración de las ofertas.. Recurso contra adjudicación de contrato basado con incorrecta valoración de la oferta. Estimación. Queda acreditado el incumplimiento del criterio por el adjudicatario, por lo que la puntuación otorgada no es ajustada a Derecho.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato. Recurso contra adjudicación de contrato. Desistimiento del órgano de contratación en base al artículo 152 LCSP. Se da por terminada la tramitación del recurso.
Inadmisión. El valor estimado del contrato asciende a 77.573,79 por lo que al no superar los 100.000 euros, no cabe recurso especial en materia de contratación según el artículo 44 apartados 1.a) LCSP
Valoración de ofertas. Vinculación de la mesa de contratación a los pliegos.Recurso contra la adjudicación de contrato por haber realizado una valoración de un criterio en contra de lo previsto en el PCAP. Estimación. Interpretación literal de los pliegos. Pliegos ley del contrato. Aplicación artículo 139 de la LCSP.40 días