Resolución número 124/2020
La empresa recurre contra su exclusión tácita. No queda acreditado el mal funcionamiento del portal VORTAL que le hubiera impedido presentar su proposición.
La empresa recurre contra su exclusión tácita. No queda acreditado el mal funcionamiento del portal VORTAL que le hubiera impedido presentar su proposición.
Desestimación de recurso contra las cláusulas de los pliegos que regulan el criterio único precio de contrato de suministro de combustible. Porcentaje de reducción de venta público en estación de servicio. Discriminatorio para gasolineras low cost.
Inadmisión de un recurso contra el acto de la Mesa de clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación en un acuerdo marco de obras. Acto no recurrible, no es un acto de trámite cualificado. Artículo 442.b) LCSP.
Estimación recurso especial contra PCAP por no contemplar la división en lotes del Lote 1, en concreto considera el recurrente que la dirección facultativa que engloba dirección de obra competencia del arquitecto y la dirección de la ejecución de obra, que corresponde a arquitecto técnico/aparejador, debió dividirse en dos lotes, para favorecer a pequeñas empresas o autónomos y no limitar la concurrencia. Se aprecia falta de motivación en el expediente de la no división en lotes cuando es susceptible de serlo y además restringe la competencia.
Naturaleza del DEUC y efectos de la inexactitud de sus declaraciones. Los certificados de calidad o de conformidad son condiciones personales que tiene que tener el licitador, no cabiendo acudir en este punto a completar la solvencia con medios externos.
Estimación de recurso contra la exclusión de la oferta por pretender que en el archivo que recoge el cumplimiento de los requisitos previos y en base al art. 140 de la LCSP, se manifiesten aspectos valorables como criterios de adjudicación y que no se consideran requisitos mínimos exigidos.
Estimación recurso especial por inadecuada valoración de criterio de adjudicación. Procede la aclaración de la oferta presentada por el recurrente como criterio de adjudicación, ya que no existe posibilidad de modificación de la misma. Aplicación del criterio de subsanabilidad de las propuesta con límite de no modificación de oferta y respecto a principio de igualdad y transparencia.
Estimación de recurso contra exclusión de oferta en contrato de servicios y estimación de incidente de ejecución de resolución estimatoria anterior de exclusión de la misma empresa en el mismo expediente de contratación. Acumulación de procedimientos conforme al art. 57 LPACAP, se subsume la tramitación del incidente de ejecución en el procedimiento de recurso por identidad en el asunto.
Desestimación recurso por no acreditación de la solvencia económico financiera. El fin del plazo de presentación de ofertas es el 3 de enero de 2020. Resulta acreditable las cuentas registradas del ejercicio 2019, que finalizan el 31 de diciembre, por lo que es correcto que la acreditación se extienda a los ejercicios 2016, 2017 y 2018.
Pérdida del objeto del recurso por desistimiento de acciones por parte del recurrente.