Resolución número 240/2017
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios por extemporáneo: se presenta transcurrido el plazo de 15 días hábiles tras haberse publicado en el DOUE.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios por extemporáneo: se presenta transcurrido el plazo de 15 días hábiles tras haberse publicado en el DOUE.
Inadmisión de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios por extemporáneo. Tanto si se computa el plazo desde la fecha que figura en el registro de salida (6 de julio de 2017), como si se hace desde la fecha de entrega a la empresa de mensajería que es en la que efectivamente se materializa el envío (11 de julio de 2017) y reconoce el órgano de contratación, el recurso sería extemporáneo, al finalizar el plazo el día 1 de agosto y haberse interpuesto ante el Tribunal el 4 de agosto.
Desestimación e inadmisión de un recurso interpuesto por dos Concejales contra los Pliegos de un contrato de concesión de gestión y explotación de los aparcamientos municipales. Los recurrentes solo están legitimados por el motivo de inviabilidad económica con posibles pérdidas para la corporación pero el motivo es desestimado pues no queda acreditado que se produzcan esa pérdidas de ingreso públicos. Carecen de legitimación por la supuesta información incorrecta sobre los trabajadores a subrogar y por posibles defectos en la tramitación del expediente.
Desestimación de recurso contra exclusión de la oferta de la recurrente de contrato de servicios al no cumplir las prescripciones técnicas del PPT que no había sido impugnado. Inexistencia de indefensión por falta de notificación y motivación de la exclusión al no tratarse de un acto que deba notificarse obligatoriamente.
Estimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de mantenimiento de parques y jardines. El PPT exige una determinada potencia para los vehículos que se configura como mínima. Los vehículos ofertados por la adjudicataria son eléctricos y realizando la equivalencia establecida entre los KW y los CV se comprueba que alcanzan la potencia mínima por lo que no las especificaciones del PPT; debe anularse la adjudicación excluyendo a la adjudicataria.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios a oferta que aparentemente no responde al formato exigido en el pliego. Acreditación del cumplimiento del formato al utilizar distinto procesador de textos. Formalismo que no vulnera el principio de igualdad.
Inadmisión de recurso contra Pliegos de un contrato de servicios educativos por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios por falta de legitimación de los usuarios del servicio público (los padres de alumnos de escuelas infantiles) y por extemporaneidad del recurso contra la constitución del comité de valoración y la fórmula de valoración que figuraba en el PCAP no recurrido: improcedencia del recurso indirecto.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios. Legitimación de un grupo municipal. Plazo para recurrir los concejales. Extemporaneidad del recurso contra la constitución del comité de valoración que figuraba en el PCAP y no fue recurrido: improcedencia del recurso indirecto.