Resolución número 544/2025
Discrecionalidad técnica. Solicitada una licencia de cciberseguridad especifica, el recurrente presenta otra que no reune las condiciones marcadas en el PPT
Discrecionalidad técnica. Solicitada una licencia de cciberseguridad especifica, el recurrente presenta otra que no reune las condiciones marcadas en el PPT
Impugnación indirecta pliegos. Se desestima recurso contra exclusión de licitador por no haber acreditado solvencia técnica. No es posible pretender la valoración de clasificación y CPV distintos pues supone la impugnación indirecta de los pliegos en este momento procedimental
DISCRECIONALIDAD TÉCNICA Recurso contra adjudicación del contrato por considerar que el adjudicatario del contrato incumple prescripciones técnicas. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.
Se deniega a la recurrente el acceso al expediente de contratación por no haber sido solicitado previamente ante el órgano de contratación (artículo 52 LCSP). Discrecionalidad técnica del órgano de contratación al aceptar la oferta incursa inicialmente en presunción de temeridad y determinar que los suministros ofertados cumplen con las prescripciones técnicas en base a los informes técnicos emitidos.
LEGITIMACIÓN. Inadmisión del recurso por falta de legitimación. La oferta de la recurrente está clasificada en cuatro lugar. Sin embargo, sus pretensiones van dirigidas contra las ofertas clasificadas en primer y segundo lugar, de tal forma que aun en el supuesto de que se estimasen sus alegaciones en ningún supuesto se convertiría en adjudicataria del contrato. La ausencia de obtención de un beneficio cierto conlleva la falta de legitimación.
Inadmision por falta de legitimación. El recurrente no participa en el procedimiento de licitación, por lo que carece de legitimación.
Solvencia técnica. Se confirma la exclusión de una reclamante que no ha acerditado su solvencia técnica con certificados de buena ejecución ajustados a las previsiones del pliego. No pueden tenerse en cuenta prestaciones distintas de las exigidas, ni contratos cuya ejecución no ha finalizado.
El fondo del asunto se circunscribe al análisis de la suficiencia de la motivación de la exclusión de la oferta presentada por la recurrente al Lote 1 de la licitación. Informe técnico presunción de acierto y veracidad, no habiendo probado la recurrente que sea manifiestamente erróneo o se haya dictado en clara discriminación de los licitadores
Inadmisión actos no recurribles. Se plantea un recurso especial en materia de contratación sobre la solicitud de información al órgano de contratacion (art. 138 LCSP) sobre una contratación anterior que fue desistida y ahora vuelve a licitarse. Acto no recurrible según el art. 44,2 de la LCSP
Alteración del orden de apertura de ofertas. Prevalencia de pliegos. Se desestima un recurso que pretende dar prevalencia al PPT sobre el PCAP en la forma de presentar la oferta y que ha incluido junto con la memoria técnica la oferta económica.