Resolución número 299/2022
Se desestima el recurso. No queda acreditado que el presupuesto base de licitación sea insuficiente
Se desestima el recurso. No queda acreditado que el presupuesto base de licitación sea insuficiente
Estimación con retroacción de actuaciones para corregir error de la mesa, que dio por acreditadas más horas de solvencia de las presentadas. No es extemporánea la pretensión aunque ya se presentó recurso contra la adjudicación que fue anulada. Procede requerimiento de subsanación al licitador, lo cual no sería subsanación de la subsanación.
Inadmisión por ser la propuesta de aceptación de viabilidad de una oferta y de adjudicación acordada por la mesa un acto de trámite no cualificado, pues requiere de aceptación por el órgano de contratación y por tanto, no susceptible de recurso. Legitimación de uno de los miembros de la UTE para recurrir.
Inadmisión por extemporáneo.
Estimatoria. Las mejoras consistentes en obras de nuevos ajardinamientos en el cementerio y parque infantil no guardan relación con el objeto del contrato.
Estimación. Un descubierto sobrevenido, estando al corriente en plazo de licitación y formalización, a consecuencia de una actuación inspectora no implica no estar al corriente en cotizaciones sociales. Precipitación mesa no dando posibilidad de subsanación.
Acumulación de recursos y desestimación. No existe falta de motivación para el rechazo de la proposición por no justificar viabilidad de la oferta. Discrecionalidad técnica de la Administración para considerarla siempre que la resolución de exclusión sea "reforzada". No se aprecia temeridad ni mala fe por la interposición reiterada de recursos apreciada por el órgano de contratación, pues existe fundamentación jurídica y son recursos que guardan identidad, pero interpuestos a la vez en distintos lotes.
Acumulación de recursos y desestimación. No existe falta de motivación para el rechazo de la proposición por no justificar viabilidad de la oferta. Discrecionalidad técnica de la Administración para considerarla siempre que la resolución de exclusión sea "reforzada".
Inadmisión por extemporáneo. Se recurre solvencia de unos pliegos que fueron rectificados, sin que la rectificación afecte al motivo de impugnación, por lo que el recurso está presentado fuera de plazo.
La falta de presentación de alegaciones no permite el recurso contra la nueva adjudicación. Se considera que dicho recurso es extemporáneo pues su fondo solo hace referencia a las causas que originaron la resolución que provocó la nueva adjudicación.