Resolución número 405/2023
Baja desproporcionada. Estimación parcial para que se motive nuevamente la resolución de exclusión.
Baja desproporcionada. Estimación parcial para que se motive nuevamente la resolución de exclusión.
Desestimación de recurso interpuesto por segunda clasificada contra adjudicación. No se estima incumplimiento de solvencia técnica, ni de compromiso de medios personales, ni de prescripciones técnicas a través de justificación viabilidad oferta incursa en presunción de anormalidad. Discrecionalidad técnica.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento del adjudicatario de las exigencias del pleno en cuanto adscripción de medios humanos. Admisibilidad de la subsanación. Doctrina aplicable al respecto. No acredita la experiencia del técnico a describir al contrato por los medios exigidos en los pliegos.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento del adjudicatario de las exigencias del pleno en cuanto adscripción de medios humanos. Admisibilidad de la subsanación. Doctrina aplicable al respecto. No acredita la experiencia del técnico a describir al contrato por los medios exigidos en los pliegos.
Desestimación. Mágicas Navidades. Acceso expediente. Presentación manual solicitudes procedimiento restringido. Solvencia técnica cedentes. Valoración canon. Ejecución de resolución anterior.
Inadmisión recurso interpuesto en el marco de un contrato de servicios de valor estimado inferior a 100.000 euros.
Inadmisión. Procedimiento restringido. La invitación a presentar proposiciones no es un acto recurrible. No se puede tramitar simultáneamente como incidente de ejecución y como recurso.
La subsanación de errores en la oferta técnica y en criterios evaluables mediante fórmula sólo cabe de forma excepcional y en aplicación del criterio antiformalista cuando no supongan modificación de la oferta.
Recurso contra adjudicación del contrato de servicios por incorrecta valoración de su oferta en los criterios sujetos a juicio de valor. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica de la administración. No se aprecia arbitrariedad en el juicio técnico.
Inadmisión por extemporáneo.