Resolución número 135/2015
Estimación de recurso contra pliegos de un contrato de servicios de la categoría 26 del Anexo II del TRLCSP. No es exigible clasificación a los licitadores.
Estimación de recurso contra pliegos de un contrato de servicios de la categoría 26 del Anexo II del TRLCSP. No es exigible clasificación a los licitadores.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por extemporáneo. El cómputo del plazo comienza al día siguiente de la remisión de la notificación.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato calificado como concesión de servicios de explotación de instalaciones deportivas, por no alcanzar los umbrales para la procedencia del recurso especial.
Inadmisión de recurso contra Pliegos de contrato de servicios por ser un contrato no susceptible de recurso especial en materia de contratación al no alcanzar los umbrales previstos en el artículo 40.1b) del TRLCSP.
Inadmisión de recurso contra pliegos de contrato de servicios por extemporáneo. Improcedencia del recurso de reposición al ser el recurso especial exclusivo y tratarse de actos comprendidos en el art. 40 TRLCSP.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de gestión de servicios públicos de explotación de una planta de tratamiento de biogás. Cumplimiento de las condiciones técnicas. Viabilidad económica de la oferta. Errores que no suponen inconsistencia de la oferta. No se acredita desigualdad ni arbitrariedad en la valoración técnica.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios al acreditar la adjudicataria, que no había sido requerida para ello por el órgano de contratación en el procedimiento de licitación, la disponibilidad del local ofertado cuya distancia al parque móvil era un criterio puntuable, en sede de recurso administrativo especial. No necesidad de retroacción del procedimiento por economía procedimental.
Inadmisión de recurso contra la declaración de desierto de un contrato de gestión de servicios para la gestión de instalaciones deportivas municipales por extemporáneo. La presentación del recurso ha de hacerse necesariamente en el Registro del órgano de contratación o ante el órgano encargado de la resolución y dirigido al mismo. En todo caso el plazo se cuenta desde la entrada en el registro del órgano destinatario.
Inadmisión de recurso contra Pliegos de contrato de servicios de gestión tributaria por falta de legitimación activa del recurrente en su condición de Secretario Sindical de CC.OO. en Ayuntamiento.
Estimación de recurso contra adjudicación de contrato de suministro por indebida exclusión de la recurrente al haber subsanado correctamente los defectos en la documentación acreditativa de la solvencia técnica.