Resolución número 354/2020
División en lotes.
División en lotes.
Insuficiencia presupuestaria del contrato.
Anulación de un inciso de una cláusula del Pliego que permite no concurrir a todos los códigos de un lote que tengan la misma composición, dejando en manos del órgano de contratación su determinación. Interdicción de la arbitrariedad. La aclaración del órgano de contratación no es tal sino una modificación, procediendo retrotraer las actuaciones con reapertura de plazo para licitar.
Estimación de recurso contra un contrato de servicios jurídicos para una entidad local. Se pretende establecer una solvencia basada en la prestación de determinados servicios en entidades locales. Se desestima, al incurrir tal condición de aptitud en restricción de la competencia. Es doctrina del Tribunal que referir la solvencia técnica a contratos suscritos con entidades públicas y más concretamente locales, se considera desproprocionada.
Inadmisión de recurso especial contra los Pliegos, presentada por sindicato. No fundamenta recurso, no acreditándose que el motivo del recurso tenga relación con la defensa de los derechos de los trabajadores en el contrato.
Pérdida sobrevenida del objeto del recurso, por desistimiento del Órgano de contratación quien acepta las alegaciones efectuadas en el recurso y procede a la modificación de los Pliegos de condiciones.
Desestimación de recurso especial contra los Pliegos, por considerar que la CPV que consta no es correcta. Se concluye, que la CPV elegida por el Órgano de contratación es más adecuada y específica que la que plantea el recurrente.
Desestimatoria. El sindicato impugna que no se contemple la retribución vacacional, lo que no es correcto.
Desestimación recurso especial contra Pliegos. Él órgano de contratación cumple las previsiones del artículo 100 de la LCSP respecto de la elaboración del presupuesto base de licitación.
Inadmisión por la cuantía en contrato de obras. Falta de legitimación vinculada a incompetencia objetiva del Tribunal porque el vecino impugna en el fondo una decisión urbanística: la instalación del aparcamiento. Y no las prescripciones técnicas. No es un tema de contratación.